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	<title>codigo de etica archivos - TODOCOMPLIANCE</title>
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		<title>Entrevista a Jimena Alguacil Césari</title>
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		<pubDate>Wed, 24 Dec 2025 00:53:01 +0000</pubDate>
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					<description><![CDATA[<p>Entrevista a Jimena Alguacil Césari, Cofundadora TOTH Compliance, quien nos cuenta cómo comenzó su empresa y nos comparte su visión sobre compliance en la región Latam.</p>
<p>La entrada <a href="https://todocompliance.com/entrevista-a-jimena-alguacil-cesari/">Entrevista a Jimena Alguacil Césari</a> se publicó primero en <a href="https://todocompliance.com">TODOCOMPLIANCE</a>.</p>
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										<content:encoded><![CDATA[
<p><img fetchpriority="high" decoding="async" class="alignnone wp-image-2789 size-medium" src="https://todocompliance.com/wp-content/uploads/2025/12/Jimena-Alguacil_-foto-1-240x300.jpg" alt="" width="240" height="300" /></p>
<p><strong style="color: #333333; font-size: 22px;">Dra. Jimena Alguacil Césari</strong><strong style="color: #333333; font-size: 22px;">.</strong></p>
<div class="gmail_default">Abogada argentina y española, consultora en compliance para empresas que operan en múltiples jurisdicciones. Ex- CEO de Riskallay, un SaaS que automatiza Due Diligence &amp; KYC, mapeando los riesgos de la cadena de valor de sus clientes. Profesora internacional en más de diez universidades y escuelas de negocio de Europa y Latinoamérica, se desempeña como speaker internacional en congresos y eventos internacionales.<br /><br />En 2018 cofundó TOTH Compliance, firma que desarrolla estrategias de comunicación, formación y comunicación en compliance y riesgos con contenido animado, además de impartir formación a la alta dirección y promover la sensibilización en compliance mediante estrategias de gamificación.</div>
<div class="gmail_default"><br /><br /></div>
<div>Compartimos su perfil Linkedin para que puedas seguirla: https://www.linkedin.com/in/jimena-alguacil/</div>
<div class="gmail_default"> </div>



<h2 class="wp-block-heading"> </h2>
<h2 class="wp-block-heading"><strong>Definición de la función de Compliance en 120 caracteres.</strong></h2>
<blockquote class="wp-block-quote">
<p>Compliance es una ventaja competitiva: protege, ordena y acelera el negocio. Reduce riesgos, mejora decisiones y genera confianza real con clientes, proveedores, reguladores y el mercado.</p>
</blockquote>
<!-- /wp:post-content -->

<!-- wp:heading -->
<h2 class="wp-block-heading"><strong>¿Qué es lo que más le gusta de su trabajo? Breve descripción de las tareas que realiza como consultora experta.</strong></h2>
<!-- /wp:heading -->

<!-- wp:quote -->
<blockquote class="wp-block-quote"><!-- wp:paragraph -->
<p>Lo que más me gusta de mi trabajo es poder acompañar organizaciones en más de 11 países de Latinoamérica. La visión multijurisdiccional te abre la cabeza: cada país tiene su cultura, sus riesgos y sus formas de operar, y eso te obliga a pensar compliance desde una lógica mucho más amplia que la normativa local.</p>
<p>Siempre tuve el temor, muy propio de quienes venimos del derecho, de quedarme con una mirada demasiado territorial. Es lo lógico: te forman para pensar dentro del marco de tu jurisdicción. Pero la vida y la experiencia me demostraron exactamente lo contrario. Hoy, lo que más disfruto es conectar esos mundos, entender cómo conviven los riesgos entre países y ayudar a las empresas a construir estructuras que funcionen de manera coherente sin importar dónde operen.</p>
<!-- /wp:paragraph --></blockquote>
<!-- /wp:quote -->

<!-- wp:heading -->
<h2 class="wp-block-heading"><strong>¿Cómo llegó a trabajar en asuntos de compliance e integridad? Antecedentes académicos y breve recorrido profesional.</strong></h2>
<!-- /wp:heading -->

<!-- wp:quote -->
<blockquote class="wp-block-quote"><!-- wp:paragraph -->
<p>Llegué a compliance casi sin buscarlo, pero con todas las piezas alineándose para que así fuera. Me fui a vivir a España en 2011, homologué mi título argentino en la Universidad Complutense de Madrid y justo en ese momento empezaba a desarrollarse en España la responsabilidad penal de la persona jurídica. En mi maestría en Abogacía fue uno de los temas centrales y me apasionó desde el primer día: era ver el derecho realmente conectado con la gestión y con la vida interna de las organizaciones.</p>
<p>Desde el inicio de mi carrera trabajé siempre como <strong>consultora</strong>, primero para empresas americanas que operaban en España y, a partir de 2015, para compañías europeas —francesas, alemanas, italianas e inglesas— que necesitaban adaptar sus modelos de cumplimiento al entorno español. Ese recorrido me dio una visión profundamente multijurisdiccional. Incluso tuve la oportunidad de trabajar con el<strong> FCBarcelona,</strong> en temas de riesgos. Ahí terminé de entender que compliance no es solo normativa: es estrategia, gobernanza, cultura y una herramienta poderosa para fortalecer organizaciones en cualquier país.</p>
<!-- /wp:paragraph --></blockquote>
<!-- /wp:quote -->

<!-- wp:heading -->
<h2 class="wp-block-heading"><strong>¿Cómo fue que se transformó en emprendedora? Historia sobre la creación de TOTH Compliance, qué lugar ocupa hoy en el ecosistema de compliance local y cómo lo ve en el futuro.</strong></h2>
<!-- /wp:heading -->

<!-- wp:quote -->
<blockquote class="wp-block-quote"><!-- wp:paragraph -->
<p>La creación de TOTH está directamente relacionada con mi maternidad. Durante mis años en relación de dependencia en España trabajaba en entornos muy intensos: muchos viajes, reuniones eternas, jornadas larguísimas. Cuando con Lucas nos planteamos ser papás, vimos claro que ese estilo de vida no era compatible con la familia que queríamos construir, especialmente viviendo en el extranjero sin una red de sostén. Emprender no fue una opción romántica ni una rebeldía profesional: fue una necesidad. Queríamos ser padres presentes sin renunciar a una carrera que nos apasionaba.</p>
<p>A eso se sumó algo muy personal: mi exceso de energía, organización y planificación, que en algunos puestos corporativos se veía mal o como “demasiado”. Al emprender, todo ese motor se convirtió en mi mayor fortaleza. Fue exactamente lo que impulsó el crecimiento de TOTH desde el primer día. Hoy trabajamos con <strong>más de 100 clientes en toda Iberoamérica</strong>, y contamos con un equipo increíble, lleno de talento, energía y compromiso.</p>
<p>TOTH ocupa hoy un lugar muy particular en el ecosistema de compliance: combinamos contenido técnico sólido con formatos innovadores, consultoría estratégica y un enfoque profundamente humano. Y creo que ese es nuestro diferencial para el futuro. Veo a TOTH creciendo como un actor regional que ayuda a profesionalizar el compliance en Latinoamérica, aportando no solo conocimiento, sino cultura, criterio y agilidad.</p>
<p>Si algo aprendí de todo este camino es que emprender no solo me permitió ser mamá presente: me permitió construir una organización que refleja exactamente cómo creo que se debe trabajar en compliance en nuestra región.</p>
<!-- /wp:paragraph --></blockquote>
<!-- /wp:quote -->

<!-- wp:heading -->
<h2 class="wp-block-heading"><strong>¿Qué consejo le daría a un nuevo profesional que comienza la carrera su carrera en Compliance?</strong></h2>
<!-- /wp:heading -->

<!-- wp:quote -->
<blockquote class="wp-block-quote"><!-- wp:paragraph -->
<p>A quien empieza en compliance le diría algo simple: <strong>no se enamore de la normativa, enamórese del negocio</strong><strong>.</strong> La ley es el marco, sí, pero el verdadero valor está en entender cómo funciona la organización, dónde están los riesgos reales y cómo ayudar a que las cosas pasen. Segundo: <strong>pidan evidencia siempre</strong>. Lo que no se puede demostrar, no existe. Tercero: <strong>construyan relaciones</strong>. Compliance no avanza por autoridad, avanza por confianza. Y por último: mantengan la curiosidad. Compliance cambia todo el tiempo. Quien aprende rápido, observa bien y mantiene criterio propio, crece muchísimo más que quien solo sigue un check list.</p>
<!-- /wp:paragraph --></blockquote>
<!-- /wp:quote -->

<!-- wp:heading -->
<h2 class="wp-block-heading"><strong>¿Cómo ve el desarrollo del Compliance en Argentina? ¿Y en Latinoamérica</strong><strong>? ¿Qué le falta ?</strong></h2>
<!-- /wp:heading -->

<!-- wp:quote -->
<blockquote class="wp-block-quote"><!-- wp:paragraph -->
<p>En Argentina veo un desarrollo de compliance que avanzó muchísimo en los últimos años, pero de forma desigual. Hay sectores —financiero, energía, pharma, telecomunicaciones— que ya incorporaron modelos de cumplimiento más maduros, mientras que otras industrias recién están empezando a entender el valor estratégico del área. Lo positivo es que cada vez más empresas hablan de riesgos, gobernanza e integridad con una mirada menos formalista y más orientada al negocio.</p>
<p>A nivel regional, Latinoamérica está creciendo muy rápido. Países como Colombia, México, Brasil, Chile y Perú han impulsado reformas, guías y sanciones que obligaron a profesionalizar el compliance. Las organizaciones ya no preguntan “si hace falta”, sino <strong>cómo hacerlo mejor</strong> y cómo insertarlo en operaciones multinacionales. Lo que falta, y mucho, es pasar del documento a la operación real: controles que funcionen, debida diligencia constante, trazabilidad y evidencia que resista auditorías internas y externas.</p>
<p>En toda la región el gran desafío sigue siendo el mismo: <strong>madurar la cultura</strong>. Ahí está la brecha. Las leyes avanzaron, los modelos también, pero la cultura organizacional muchas veces va por detrás. Y es imposible tener un programa sólido sin liderazgo comprometido, métricas claras y equipos que entiendan que compliance no es un freno: es una ventaja competitiva.</p>
<p>Si logramos cerrar esa brecha cultural, Latinoamérica puede convertirse en una región referente en integridad corporativa.</p>
</blockquote>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:heading --><hr />
<p>&nbsp;</p>
<h2 class="wp-block-heading"><strong>¿Qué soñaba ser de grande cuando era niña? </strong></h2>
<!-- /wp:heading -->

<!-- wp:quote -->
<blockquote class="wp-block-quote"><!-- wp:paragraph -->
<p>Abogada, siempre. Era mi respuesta automática desde chica… y terminé encontrando mi lugar en el compliance.</p>
</blockquote>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:heading -->
<h2 class="wp-block-heading"><strong>¿Cuál es el último libro que leyó? ¿Lo recomienda?</strong></h2>
<blockquote>
<p><em>El hombre invisible</em>, de José Saramago. Sí, totalmente recomendable. Te deja pensando más de lo que esperás.</p>
</blockquote>
<h2 class="wp-block-heading"><strong>¿Qué destino recomienda para ir de vacaciones y desconectar?</strong></h2>
<!-- /wp:heading -->

<!-- wp:quote -->
<blockquote class="wp-block-quote"><!-- wp:paragraph -->
<p>Tailandia. Cualquier rincón. Es imposible no relajarse ahí.</p>
<!-- /wp:paragraph --></blockquote>
<!-- /wp:quote -->

<!-- wp:heading -->
<h2 class="wp-block-heading"><strong>Un defecto que le recriminen, una virtud que le celebren.</strong></h2>
<!-- /wp:heading -->

<!-- wp:quote -->
<blockquote class="wp-block-quote"><!-- wp:paragraph -->
<p>Virtud: mi capacidad de organización y mi energía inagotable.<br />Defecto: lo mismo… mi energía inagotable (a veces no todos la disfrutan).</p>
<!-- /wp:paragraph --></blockquote>
<!-- /wp:quote -->

<!-- wp:heading -->
<h2 class="wp-block-heading"><strong>Estamos muy pendientes del móvil. ¿Cuál es su app preferida?.</strong></h2>
<!-- /wp:heading -->

<!-- wp:quote -->
<blockquote class="wp-block-quote"><!-- wp:paragraph -->
<p>Google Maps. Sin eso no existo. Viajes, logística, rutas… me salva siempre.</p>
<!-- /wp:paragraph --></blockquote>
<!-- /wp:quote -->

<!-- wp:paragraph -->
<h2 class="wp-block-heading"><strong>Por favor, comparta un deseo para el futuro.</strong></h2>
<h3>Seguir creciendo profesionalmente sin perder presencia en mi vida personal, que TOTH siga expandiéndose con propósito… y ver de cerca el crecimiento de mi hijo.</h3>
<h2 class="wp-block-heading"> </h2>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>¡Muchísimas gracias Jimena por compartir esta entrevista tan generosa con Todocompliance! ¡Ha sido un experiencia de mucho aprendizaje colaborar con TOTH Compliance este 2025 !</p>
<hr />
<p>&nbsp;</p>
<p>&nbsp;</p>
<!-- /wp:paragraph --><!-- /wp:quote --><p><a class="a2a_button_email" href="https://www.addtoany.com/add_to/email?linkurl=https%3A%2F%2Ftodocompliance.com%2Fentrevista-a-jimena-alguacil-cesari%2F&amp;linkname=Entrevista%20a%20Jimena%20Alguacil%20C%C3%A9sari" title="Email" rel="nofollow noopener" target="_blank"></a><a class="a2a_button_linkedin" href="https://www.addtoany.com/add_to/linkedin?linkurl=https%3A%2F%2Ftodocompliance.com%2Fentrevista-a-jimena-alguacil-cesari%2F&amp;linkname=Entrevista%20a%20Jimena%20Alguacil%20C%C3%A9sari" title="LinkedIn" rel="nofollow noopener" target="_blank"></a><a class="a2a_button_facebook" href="https://www.addtoany.com/add_to/facebook?linkurl=https%3A%2F%2Ftodocompliance.com%2Fentrevista-a-jimena-alguacil-cesari%2F&amp;linkname=Entrevista%20a%20Jimena%20Alguacil%20C%C3%A9sari" title="Facebook" rel="nofollow noopener" target="_blank"></a><a class="a2a_button_x" href="https://www.addtoany.com/add_to/x?linkurl=https%3A%2F%2Ftodocompliance.com%2Fentrevista-a-jimena-alguacil-cesari%2F&amp;linkname=Entrevista%20a%20Jimena%20Alguacil%20C%C3%A9sari" title="X" rel="nofollow noopener" target="_blank"></a><a class="a2a_button_whatsapp" href="https://www.addtoany.com/add_to/whatsapp?linkurl=https%3A%2F%2Ftodocompliance.com%2Fentrevista-a-jimena-alguacil-cesari%2F&amp;linkname=Entrevista%20a%20Jimena%20Alguacil%20C%C3%A9sari" title="WhatsApp" rel="nofollow noopener" target="_blank"></a><a class="a2a_dd addtoany_share_save addtoany_share" href="https://www.addtoany.com/share#url=https%3A%2F%2Ftodocompliance.com%2Fentrevista-a-jimena-alguacil-cesari%2F&#038;title=Entrevista%20a%20Jimena%20Alguacil%20C%C3%A9sari" data-a2a-url="https://todocompliance.com/entrevista-a-jimena-alguacil-cesari/" data-a2a-title="Entrevista a Jimena Alguacil Césari"></a></p><p>La entrada <a href="https://todocompliance.com/entrevista-a-jimena-alguacil-cesari/">Entrevista a Jimena Alguacil Césari</a> se publicó primero en <a href="https://todocompliance.com">TODOCOMPLIANCE</a>.</p>
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		<title>Entrevista a Patricia Vazquez.</title>
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		<pubDate>Thu, 21 Aug 2025 20:25:54 +0000</pubDate>
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					<description><![CDATA[<p>Entrevista a Patricia Vazquez, Compliance Officer de Metrogas, con amplia trayectoria en implementación de programas de integridad en el sector de oil &#038; gas.</p>
<p>La entrada <a href="https://todocompliance.com/entrevista-a-patricia-vazquez/">Entrevista a Patricia Vazquez.</a> se publicó primero en <a href="https://todocompliance.com">TODOCOMPLIANCE</a>.</p>
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<p><img decoding="async" class="alignnone wp-image-2691 size-medium" src="https://todocompliance.com/wp-content/uploads/2025/08/Patricia-Vazquez-Metrogas-300x300.jpg" alt="" width="300" height="300" srcset="https://todocompliance.com/wp-content/uploads/2025/08/Patricia-Vazquez-Metrogas-300x300.jpg 300w, https://todocompliance.com/wp-content/uploads/2025/08/Patricia-Vazquez-Metrogas-150x150.jpg 150w, https://todocompliance.com/wp-content/uploads/2025/08/Patricia-Vazquez-Metrogas.jpg 449w" sizes="(max-width: 300px) 100vw, 300px" /></p>
<p><strong style="color: #333333; font-size: 22px;">CP Patricia Vazquez</strong><strong style="color: #333333; font-size: 22px;">.</strong></p>
<div class="gmail_default">Contadora Pública (UBA), con amplia experiencia en el área de Administración, Contabilidad, Reporte Financiero y Control Interno sobre el proceso de Reporte Financiero. Certificada en compliance por la Ethics and Compliance Officer Association de EE.UU, es responsable de diseñar, actualizar y comunicar el Programa de Integridad y Ética de MetroGAS, organización a la que pertenece hace más de 25 años. Destaca su pertenencia en la red FLOR y Women in Compliance Argentina (WIC) así como su participación activa en cámaras y asociaciones referentes en temas de ética y cumplimiento.<br /><br /></div>
<div>Compartimos su perfil Linkedin para que puedas seguirla: https://www.linkedin.com/in/patricia-vazquez-37377512/</div>
<div class="gmail_default"> </div>
<p>&nbsp;</p>



<h2 class="wp-block-heading"> </h2>
<h2 class="wp-block-heading"><strong>Definición de la función de Compliance en 120 caracteres.</strong></h2>
<blockquote class="wp-block-quote">
<p>Promotor de la cultura organizacional alineada a sus valores declarados y gestor de acciones para mitigar o prevenir los riesgos de integridad a los que una organización está expuesta.</p>
</blockquote>
<!-- /wp:post-content -->

<!-- wp:heading -->
<h2 class="wp-block-heading"><strong>¿Qué es lo que más le gusta de su trabajo? Breve descripción de las tareas que realiza como consultora experta.</strong></h2>
<!-- /wp:heading -->

<!-- wp:quote -->
<blockquote class="wp-block-quote"><!-- wp:paragraph -->
<p>La interacción con las personas.  Poder tomar contacto directo y escuchar las diferentes preocupaciones y perspectivas de quienes conforman la organización y poder generar propuestas que impacten positivamente en el entorno laboral de las personas, mejorando procesos y clima.   </p>
<!-- /wp:paragraph --></blockquote>
<!-- /wp:quote -->

<!-- wp:heading -->
<h2 class="wp-block-heading"><strong>¿Cómo llegó a trabajar en asuntos de compliance e integridad? Antecedentes académicos y breve recorrido profesional.</strong></h2>
<!-- /wp:heading -->

<!-- wp:quote -->
<blockquote class="wp-block-quote"><!-- wp:paragraph -->
<p>Soy Contadora Pública con especialización en Mercado de Capitales, normas IFRS y SOX, había trabajado 18 años en diferentes roles dentro del área de Administración y Finanzas de la empresa para la que trabajo por lo que conocía bastante bien los procesos de la organización, en particular por haber realizado evaluaciones de control interno para la emisión de información financiera. En 2017, me propusieron ocupar la posición de Oficial de Ética y Cumplimiento, que era nueva dentro de la estructura de la organización, por lo que tuve como desafío adicional, definir el rol, y previamente, formarme. Me certifiqué en 2018 en IAE Business School, en un programa que lleva adelante junto con la Ethics and Compliance Officer Association de EE.UU.</p>
<!-- /wp:paragraph --></blockquote>
<!-- /wp:quote -->

<!-- wp:heading -->
<h2 class="wp-block-heading"><strong>¿Qué es lo más retador y lo que más le recompensa de su posición?</strong></h2>
<!-- /wp:heading -->

<!-- wp:quote -->
<blockquote class="wp-block-quote"><!-- wp:paragraph -->
<p>Lo más retador creo que es mantener el equilibrio entre lo ideal y lo posible … administrar el entusiasmo por generar cambios y la frustración cuando esos cambios no se materializan en los tiempos que uno espera. Empecé viendo todo muy blanco o negro y creo que gradualmente estoy aprendiendo a navegar la gama de los grises.</p>
<p>Lo que más me recompensa es el momento en que logro generar vínculos de confianza con las personas con quienes interactúo sintiendo que me ven como una aliada, alguien a quien consultar o recurrir y no como alguien a quien evitar.</p>
<!-- /wp:paragraph --></blockquote>
<!-- /wp:quote -->

<!-- wp:heading -->
<h2 class="wp-block-heading"><strong>¿Qué consejo le daría a un nuevo profesional que comienza la carrera su carrera en Compliance?</strong></h2>
<!-- /wp:heading -->

<!-- wp:quote -->
<blockquote class="wp-block-quote"><!-- wp:paragraph -->
<ul>
<li>Trabajar en red con otros profesionales de Compliance a través de Cámaras o Asociaciones: los dilemas que uno enfrenta posiblemente los estén enfrentando (o los hayan enfrentado) otros … podemos aprender de las experiencias de otros, compartir las propias e incluso, planificar acciones colectivas mucho más potentes</li>
<li>Cultivar la escucha y la paciencia y comprometerse genuinamente para construir lazos de confianza.</li>
</ul>
<!-- /wp:paragraph --></blockquote>
<!-- /wp:quote -->

<!-- wp:heading -->
<h2 class="wp-block-heading"><strong>¿Cómo ve el desarrollo del Compliance en Argentina? ¿Y en Latinoamérica</strong><strong>? ¿Qué le falta ?</strong></h2>
<!-- /wp:heading -->

<!-- wp:quote -->
<blockquote class="wp-block-quote"><!-- wp:paragraph -->
<p>En desarrollo, pero a un ritmo más lento del que esperaba.  Localmente, faltan casos de aplicación de la ley 27.401 y falta que la práctica del compliance llegue a organizaciones de todo tamaño.</p>
</blockquote>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:heading --><hr />
<p>&nbsp;</p>
<h2 class="wp-block-heading"><strong>¿Qué soñaba ser de grande cuando era niña? </strong></h2>
<!-- /wp:heading -->

<!-- wp:quote -->
<blockquote class="wp-block-quote"><!-- wp:paragraph -->
<p>Me gustaba el trabajo social, en algún momento pensé ser Asistente Social.</p>
</blockquote>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:heading -->
<h2 class="wp-block-heading"><strong>¿Qué destino recomienda para ir de vacaciones y desconectar?</strong></h2>
<!-- /wp:heading -->

<!-- wp:quote -->
<blockquote class="wp-block-quote"><!-- wp:paragraph -->
<p>Desconecto del trabajo y de las preocupaciones, conectando con otra cosa, especialmente con la naturaleza, con la música y con la familia y amigos … así que podría ser cualquier lugar.</p>
<!-- /wp:paragraph --></blockquote>
<!-- /wp:quote -->

<!-- wp:heading -->
<h2 class="wp-block-heading"><strong>Un defecto que le recriminen, una virtud que le celebren.</strong></h2>
<!-- /wp:heading -->

<!-- wp:quote -->
<blockquote class="wp-block-quote"><!-- wp:paragraph -->
<p>Como virtud, destacaría mi persistencia, pero a veces se torna obstinación y se convierte en defecto.</p>
<!-- /wp:paragraph --></blockquote>
<!-- /wp:quote -->

<!-- wp:heading -->
<h2 class="wp-block-heading"><strong>Estamos muy pendientes del móvil. ¿Cuál es su app preferida?.</strong></h2>
<!-- /wp:heading -->

<!-- wp:quote -->
<blockquote class="wp-block-quote"><!-- wp:paragraph -->
<p>No tengo una app preferida, pero las que más uso son Whatsapp, Instagram y LinkedIn.</p>
<!-- /wp:paragraph --></blockquote>
<!-- /wp:quote -->

<!-- wp:paragraph -->
<h2 class="wp-block-heading"><strong>Por favor, comparta un deseo para el futuro.</strong></h2>
<h3>Más empatía y tolerancia.</h3>
<h2 class="wp-block-heading"> </h2>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>¡Muchísimas gracias Patricia por compartir esta entrevista con Todocompliance! ¡Qué gusto poder conocer más sobre las personas que hacen compliance posible en sus organizaciones e industrias!</p>
<hr />
<p>&nbsp;</p>
<p>&nbsp;</p>
<!-- /wp:paragraph --><!-- /wp:quote --><p><a class="a2a_button_email" href="https://www.addtoany.com/add_to/email?linkurl=https%3A%2F%2Ftodocompliance.com%2Fentrevista-a-patricia-vazquez%2F&amp;linkname=Entrevista%20a%20Patricia%20Vazquez." title="Email" rel="nofollow noopener" target="_blank"></a><a class="a2a_button_linkedin" href="https://www.addtoany.com/add_to/linkedin?linkurl=https%3A%2F%2Ftodocompliance.com%2Fentrevista-a-patricia-vazquez%2F&amp;linkname=Entrevista%20a%20Patricia%20Vazquez." title="LinkedIn" rel="nofollow noopener" target="_blank"></a><a class="a2a_button_facebook" href="https://www.addtoany.com/add_to/facebook?linkurl=https%3A%2F%2Ftodocompliance.com%2Fentrevista-a-patricia-vazquez%2F&amp;linkname=Entrevista%20a%20Patricia%20Vazquez." title="Facebook" rel="nofollow noopener" target="_blank"></a><a class="a2a_button_x" href="https://www.addtoany.com/add_to/x?linkurl=https%3A%2F%2Ftodocompliance.com%2Fentrevista-a-patricia-vazquez%2F&amp;linkname=Entrevista%20a%20Patricia%20Vazquez." title="X" rel="nofollow noopener" target="_blank"></a><a class="a2a_button_whatsapp" href="https://www.addtoany.com/add_to/whatsapp?linkurl=https%3A%2F%2Ftodocompliance.com%2Fentrevista-a-patricia-vazquez%2F&amp;linkname=Entrevista%20a%20Patricia%20Vazquez." title="WhatsApp" rel="nofollow noopener" target="_blank"></a><a class="a2a_dd addtoany_share_save addtoany_share" href="https://www.addtoany.com/share#url=https%3A%2F%2Ftodocompliance.com%2Fentrevista-a-patricia-vazquez%2F&#038;title=Entrevista%20a%20Patricia%20Vazquez." data-a2a-url="https://todocompliance.com/entrevista-a-patricia-vazquez/" data-a2a-title="Entrevista a Patricia Vazquez."></a></p><p>La entrada <a href="https://todocompliance.com/entrevista-a-patricia-vazquez/">Entrevista a Patricia Vazquez.</a> se publicó primero en <a href="https://todocompliance.com">TODOCOMPLIANCE</a>.</p>
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		<title>Entrevista a Paula Di Prinzio.</title>
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		<pubDate>Tue, 04 Mar 2025 00:34:56 +0000</pubDate>
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					<description><![CDATA[<p>Entrevista a Paula Di Prinzio, reconocida profesional de Argentina, con más de 20 años de carrera en empresas nacionales y consultoría, brindando servicios de auditoría, compliance  y sistemas de control interno.</p>
<p>La entrada <a href="https://todocompliance.com/entrevista-a-paula-di-prinzio/">Entrevista a Paula Di Prinzio.</a> se publicó primero en <a href="https://todocompliance.com">TODOCOMPLIANCE</a>.</p>
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										<content:encoded><![CDATA[
<p><img loading="lazy" decoding="async" class="alignnone wp-image-2500 size-medium" src="https://todocompliance.com/wp-content/uploads/2025/03/Paula-Di-Prizio-218x300.jpg" alt="" width="218" height="300" /></p>
<p><strong style="color: #333333; font-size: 22px;">CP Paula Di Prin</strong><strong style="color: #333333; font-size: 22px;">zio.</strong></p>
<div class="gmail_default">Contadora Pública, especializada en compliance, transparencia y control interno con más de 20 años de experiencia en empresas multinacionales, como Tenaris y Aerolíneas Argentinas. Certificada en Auditoría Interna (CIA), Examinador de Fraude (CFE) y Compliance (CEC), así como Implementador Experto y Auditor Interno ISO 37.001.</div>
<div class="gmail_default"><br />Socia de la consultora Crearis Latam. En Argentina forma parte del cuerpo docente del «Programa de Actualización de Cumplimiento» de la Universidad de Buenos Aires (UBA) y del “Programa Ejecutivo en Compliance Integral” de la UMSA; en Paraguay del ‘Diplomado en Ética, Cumplimiento y Transparencia” dictado en la Universidad Columbia del Paraguay y en Bolivia del “Diplomado Internacional en Compliance Corporativo” de la Universidad Franz Tamayo. Miembro de la Comisión Directiva del Capítulo Argentino del ACFE (Asociación de Examinadores de Fraude Certificados), de la iniciativa Women in Compliance (WiC)y entrenadora voluntaria de Alliance for Integrity.</div>
<div> </div>
<div class="gmail_default">Puede seguir a <span class="il">Paula</span> Di Prinzio en <a href="https://www.linkedin.com/in/pauladiprinzio/" target="_blank" rel="noopener" data-saferedirecturl="https://www.google.com/url?q=https://www.linkedin.com/in/pauladiprinzio/&amp;source=gmail&amp;ust=1741125932889000&amp;usg=AOvVaw1Eomd9rj9Q0sFVP-TeFJZc">https://www.linkedin.com/<wbr />in/pauladiprinzio/</a>   y a Crearis Latam en <a href="https://www.linkedin.com/company/crearis-latam/?viewAsMember=true" target="_blank" rel="noopener" data-saferedirecturl="https://www.google.com/url?q=https://www.linkedin.com/company/crearis-latam/?viewAsMember%3Dtrue&amp;source=gmail&amp;ust=1741125932889000&amp;usg=AOvVaw2ZXdZQJ8hXSMXchIWPsBCy">https://www.linkedin.com/<wbr />company/crearis-latam/?<wbr />viewAsMember=true</a></div>
<div class="gmail_default"> </div>
<div class="gmail_default">Email: <a href="mailto:pdiprinzio@crearis-latam.com" target="_blank" rel="noopener">pdiprinzio@crearis-latam.com</a></div>



<h2 class="wp-block-heading"> </h2>
<h2> </h2>
<h2 class="wp-block-heading"><strong>Definición de la función de Compliance en 120 caracteres.</strong></h2>
<blockquote class="wp-block-quote">
<p>La definiría como una inversión estratégica. Su presencia es clave para promover la construcción de una cultura organizacional alineada con los valores de la entidad. Una cultura que no solo define la identidad actual de la compañía, sino que determina su reputación a largo plazo.</p>
</blockquote>
<!-- /wp:post-content -->

<!-- wp:heading -->
<h2 class="wp-block-heading"><strong>¿Qué es lo que más le gusta de su trabajo? Breve descripción de las tareas que realiza como consultora experta.</strong></h2>
<!-- /wp:heading -->

<!-- wp:quote -->
<blockquote class="wp-block-quote"><!-- wp:paragraph -->
<p>Me entusiasma aportar herramientas que promuevan la mejora e innovación de los procesos organizacionales desde un punto de vista de Compliance y de Control Interno. Disfruto trabajando codo a codo con los equipos de mis clientes en el fortalecimiento de sus sistemas de control interno y su cultura y ser testigo de cómo este trabajo repercute positivamente en el día a día de la organización.</p>
<!-- /wp:paragraph --></blockquote>
<!-- /wp:quote -->

<!-- wp:heading -->
<h2 class="wp-block-heading"><strong>¿Cómo llegó a trabajar en asuntos de compliance e integridad? Antecedentes académicos y breve recorrido profesional.</strong></h2>
<!-- /wp:heading -->

<!-- wp:quote -->
<blockquote class="wp-block-quote"><!-- wp:paragraph -->
<p>Mi camino hacia el compliance fue, de alguna forma, una evolución natural. Inicialmente, por más de 15 años formé parte del área de Auditoría Interna de Tenaris, empresa que ya contaba con una fuerte cultura de Compliance por acceder a mercados internacionales. Luego, me incorporé a Aerolíneas Argentinas para liderar la implementación del programa de integridad de la empresa, teniendo la satisfacción de poder haber sido la impulsora de grandes avances. Hoy, como consultora, comparto mi experiencia de más de 20 años tanto en el sector público como en el privado acompañando e impulsando estos proyectos para mis clientes.</p>
<!-- /wp:paragraph --></blockquote>
<!-- /wp:quote -->

<!-- wp:heading -->
<h2 class="wp-block-heading"><strong>¿Qué es lo más retador y lo que más le recompensa de su posición?</strong></h2>
<!-- /wp:heading -->

<!-- wp:quote -->
<blockquote class="wp-block-quote"><!-- wp:paragraph -->
<p>El mayor desafío es adaptar las mejores prácticas a cada realidad empresarial. Además, es un proceso que lleva tiempo, como cualquier mejora importante, por lo cual se debe ser muy paciente. Lo importante es asegurarnos de avanzar.</p>
<p>La mayor recompensa es ver cómo mi trabajo transforma positivamente la cultura de una organización, fortalece su reputación y cómo, internamente, los equipos hacen un gran trabajo para avanzar en este proceso. A nivel personal, me permitió conocer a muchos profesionales con vasta experiencia y una gran generosidad para compartirla y ayudar a otros en el camino, tales como la iniciativa de Women In Compliance, Alliance for Integrity junto con la AHK Argentina, Poder Ciudadano, entre otros.</p>
<!-- /wp:paragraph --></blockquote>
<!-- /wp:quote -->

<!-- wp:heading -->
<h2 class="wp-block-heading"><strong>¿Qué consejo le daría a un nuevo profesional que comienza la carrera su carrera en Compliance?</strong></h2>
<!-- /wp:heading -->

<!-- wp:quote -->
<blockquote class="wp-block-quote"><!-- wp:paragraph -->
<p>Le diría que sea un agente de cambio, que promueva el liderazgo ético. Que en ese proceso abrace la curiosidad, aprenda de cada desafío y construya relaciones sólidas. El compliance es una profesión con propósito: ¡seamos quienes dejemos nuestra huella!</p>
<!-- /wp:paragraph --></blockquote>
<!-- /wp:quote -->

<!-- wp:heading -->
<h2 class="wp-block-heading"><strong>¿Cómo ve el desarrollo del Compliance en Argentina? ¿Y en Latinoamérica</strong><strong>? ¿Qué le falta ?</strong></h2>
<!-- /wp:heading -->

<!-- wp:quote -->
<blockquote class="wp-block-quote"><!-- wp:paragraph -->
<p>El compliance está creciendo en toda la región, impulsado por la globalización y la mayor conciencia sobre la importancia de la ética empresarial. Creo que, a pesar de algunos retrocesos que puedan verse a nivel político en los distintos países, a nivel organización se ha internalizado la relevancia del tema y será dificil deshacer el camino andado.</p>
</blockquote>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:heading --><hr />
<p>&nbsp;</p>
<h2 class="wp-block-heading"><strong>¿Qué soñaba ser de grande cuando era niña? </strong></h2>
<!-- /wp:heading -->

<!-- wp:quote -->
<blockquote class="wp-block-quote"><!-- wp:paragraph -->
<p>Siempre quise contribuir a una mejora en la sociedad. Hoy, a través del compliance, busco ayudar a las empresas a construir entornos más robustos y sostenibles.</p>
</blockquote>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:heading -->
<h2 class="wp-block-heading"><strong>¿Qué destino recomienda para ir de vacaciones y desconectar?</strong></h2>
<!-- /wp:heading -->

<!-- wp:quote -->
<blockquote class="wp-block-quote"><!-- wp:paragraph -->
<p>¡Me encanta viajar a cualquier lado! Para desconectar, me gusta cualquier rincón de campo, mar o montañas. Disfrutar de la naturaleza junto con mi familia y sin horarios es el mejor desenchufe!</p>
<!-- /wp:paragraph --></blockquote>
<!-- /wp:quote -->

<!-- wp:heading -->
<h2 class="wp-block-heading"><strong>Un defecto que le recriminen, una virtud que le celebren.</strong></h2>
<!-- /wp:heading -->

<!-- wp:quote -->
<blockquote class="wp-block-quote"><!-- wp:paragraph -->
<p>Creo que me caracterizan la perseverancia y el compromiso. A veces tiendo a ser muy perfeccionista, pero siempre porque busco mejorar lo que hago.</p>
<!-- /wp:paragraph --></blockquote>
<!-- /wp:quote -->

<!-- wp:heading -->
<h2 class="wp-block-heading"><strong>Estamos muy pendientes del móvil. ¿Cuál es su app preferida?.</strong></h2>
<!-- /wp:heading -->

<!-- wp:quote -->
<blockquote class="wp-block-quote"><!-- wp:paragraph -->
<p>Uso mucho Instagram para desconectar y entretenerme. Además, soy una persistente usuario de Duolingo, ¡tengo una racha de casi 5 años!</p>
<!-- /wp:paragraph --></blockquote>
<!-- /wp:quote -->

<!-- wp:paragraph -->
<h2 class="wp-block-heading"><strong>Por favor, comparta un deseo para el futuro.</strong></h2>
<p>Mi deseo: que el compliance se convierta en un sello de identidad aspirado por todas las empresas.</p>
<h2 class="wp-block-heading"> </h2>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>¡Muchísimas gracias Paula por compartir esta entrevista con Todocompliance y brindarte con tanta apertura y generosidad!</p>
<hr />
<p>&nbsp;</p>
<p>&nbsp;</p>
<!-- /wp:paragraph --><!-- /wp:quote --><p><a class="a2a_button_email" href="https://www.addtoany.com/add_to/email?linkurl=https%3A%2F%2Ftodocompliance.com%2Fentrevista-a-paula-di-prinzio%2F&amp;linkname=Entrevista%20a%20Paula%20Di%20Prinzio." title="Email" rel="nofollow noopener" target="_blank"></a><a class="a2a_button_linkedin" href="https://www.addtoany.com/add_to/linkedin?linkurl=https%3A%2F%2Ftodocompliance.com%2Fentrevista-a-paula-di-prinzio%2F&amp;linkname=Entrevista%20a%20Paula%20Di%20Prinzio." title="LinkedIn" rel="nofollow noopener" target="_blank"></a><a class="a2a_button_facebook" href="https://www.addtoany.com/add_to/facebook?linkurl=https%3A%2F%2Ftodocompliance.com%2Fentrevista-a-paula-di-prinzio%2F&amp;linkname=Entrevista%20a%20Paula%20Di%20Prinzio." title="Facebook" rel="nofollow noopener" target="_blank"></a><a class="a2a_button_x" href="https://www.addtoany.com/add_to/x?linkurl=https%3A%2F%2Ftodocompliance.com%2Fentrevista-a-paula-di-prinzio%2F&amp;linkname=Entrevista%20a%20Paula%20Di%20Prinzio." title="X" rel="nofollow noopener" target="_blank"></a><a class="a2a_button_whatsapp" href="https://www.addtoany.com/add_to/whatsapp?linkurl=https%3A%2F%2Ftodocompliance.com%2Fentrevista-a-paula-di-prinzio%2F&amp;linkname=Entrevista%20a%20Paula%20Di%20Prinzio." title="WhatsApp" rel="nofollow noopener" target="_blank"></a><a class="a2a_dd addtoany_share_save addtoany_share" href="https://www.addtoany.com/share#url=https%3A%2F%2Ftodocompliance.com%2Fentrevista-a-paula-di-prinzio%2F&#038;title=Entrevista%20a%20Paula%20Di%20Prinzio." data-a2a-url="https://todocompliance.com/entrevista-a-paula-di-prinzio/" data-a2a-title="Entrevista a Paula Di Prinzio."></a></p><p>La entrada <a href="https://todocompliance.com/entrevista-a-paula-di-prinzio/">Entrevista a Paula Di Prinzio.</a> se publicó primero en <a href="https://todocompliance.com">TODOCOMPLIANCE</a>.</p>
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		<title>RIGI y la Importancia de los Programas de Integridad.</title>
		<link>https://todocompliance.com/rigi-y-la-importancia-de-los-programas-de-integridad/?utm_source=rss&#038;utm_medium=rss&#038;utm_campaign=rigi-y-la-importancia-de-los-programas-de-integridad</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 10 Jan 2025 19:27:26 +0000</pubDate>
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					<description><![CDATA[<p>Nuevamente nuestra colaborada, la Dra. Florencia Luz Marquéz Bonino, nos trae una importante reflexión sobre un tema de actualidad y relevancia para Argentina: El RIGI y como este se articula con la necesidad de un programa de integridad. </p>
<p>La entrada <a href="https://todocompliance.com/rigi-y-la-importancia-de-los-programas-de-integridad/">RIGI y la Importancia de los Programas de Integridad.</a> se publicó primero en <a href="https://todocompliance.com">TODOCOMPLIANCE</a>.</p>
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										<content:encoded><![CDATA[
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<h1>El impacto de la ley de responsabilidad penal de las personas jurídicas en el Régimen de Incentivo para las Grandes Inversiones (RIGI) y el Régimen de Iniciativa Privada. Necesidad de los Programas de Integridad.</h1>
<h4>Por Florencia Luz Márquez Bonino.</h4>
<h4>LinkedIn. https://www.linkedin.com/in/florenciamarquezbonino/</h4>
<h4>Mail. direccion@complianceparaempresas.com</h4>
<h3> </h3>
<h3>Introducción.</h3>
<p><span style="text-align: justify; color: #666666;">La Ley 27.401 ha marcado un hito significativo en la normativa argentina al establecer un marco de responsabilidad penal para las personas jurídicas por ciertos delitos de carácter penal. Este avance, que permite sancionar penalmente a los entes ideales, se inserta en un sistema cerrado o de catálogo de delitos, aplicable exclusivamente a aquellos ilícitos expresamente previstos por la norma, como el cohecho, el tráfico de influencias, las negociaciones incompatibles con la función pública, la concusión, el enriquecimiento ilícito y la presentación de balances e informes falsos agravados.</span></p>
<p><span style="text-align: justify; color: #666666;">El surgimiento de esta ley responde, en gran medida, a la necesidad de adecuarse a los estándares internacionales establecidos por la OCDE desde 1997, especialmente en lo referente a la lucha contra el cohecho de funcionarios públicos extranjeros en las transacciones comerciales internacionales. En este sentido, la normativa representa un compromiso con la transparencia y el fortalecimiento de la integridad empresarial, consolidando la responsabilidad penal de los entes ideales como una herramienta eficaz para combatir la corrupción tanto a nivel nacional como transnacional.</span></p>
<p class="wp-block-image size-large"><img loading="lazy" decoding="async" class="alignnone wp-image-2114 size-full" src="https://todocompliance.com/wp-content/uploads/2024/06/iStock-1337358891.jpg" alt="" width="1071" height="326" srcset="https://todocompliance.com/wp-content/uploads/2024/06/iStock-1337358891.jpg 1071w, https://todocompliance.com/wp-content/uploads/2024/06/iStock-1337358891-980x298.jpg 980w, https://todocompliance.com/wp-content/uploads/2024/06/iStock-1337358891-480x146.jpg 480w" sizes="(min-width: 0px) and (max-width: 480px) 480px, (min-width: 481px) and (max-width: 980px) 980px, (min-width: 981px) 1071px, 100vw" /></p>



<p>&nbsp;</p>



<h3>La Importancia de los Programas de Integridad.</h3>
<p>Uno de los aspectos más destacados de la Ley 27.401 es la promoción de los Programas de Integridad como un instrumento clave para prevenir, detectar y corregir actos ilícitos dentro de las organizaciones. Un Programa de Integridad se define como un conjunto de medidas, políticas y procedimientos internos que buscan garantizar un adecuado control y supervisión de las actividades empresariales, alineándose a los riesgos inherentes a cada organización.</p>
<p>El cumplimiento de los requisitos mínimos de estos programas es esencial para asegurar la responsabilidad corporativa. Estos requisitos incluyen:</p>
<ol>
<li><strong>Código de ética y políticas de integridad:</strong> Directrices que orienten a todos los miembros de la organización en la prevención de delitos.</li>
<li><strong>Reglas específicas para evitar irregularidades:</strong> Procedimientos destinados a prevenir ilícitos en licitaciones, contrataciones y ejecución de contratos con el sector público.</li>
<li><strong>Capacitación periódica:</strong> Actividades formativas para fortalecer el conocimiento y la aplicación del programa en todos los niveles de la organización.</li>
</ol>
<p>Adicionalmente, elementos potestativos como el análisis periódico de riesgos, la creación de canales de denuncia y sistemas de investigación interna refuerzan la eficacia del programa, consolidándolo como una herramienta indispensable para la gestión empresarial.</p>
<h3>El Régimen de Iniciativa Privada y el Programa de Integridad.</h3>
<p>El Régimen de Iniciativa Privada, regulado por el Decreto Nº 713/24, establece que los proyectos presentados bajo este marco deben contar con un Programa de Integridad. Esto es especialmente relevante en contrataciones que involucren obras públicas o servicios esenciales, donde los riesgos de corrupción son elevados.</p>
<p>En este contexto, la Ley 27.401 estipula que las organizaciones deben implementar programas que cumplan con los estándares exigidos, siendo esta una condición para la contratación con el Estado nacional en proyectos de gran envergadura. Este requisito asegura no solo la transparencia en las contrataciones, sino también la mitigación de riesgos legales y reputacionales asociados a posibles ilícitos.</p>
<h3>El Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones (RIGI)</h3>
<p>El RIGI busca fomentar inversiones de alto impacto económico y social en Argentina, promoviendo la estabilidad y la seguridad jurídica para los inversores. Aunque el Decreto 666/2024 no exige explícitamente la implementación de un Programa de Integridad, la magnitud de las inversiones y los riesgos asociados hacen de esta herramienta un componente indispensable.</p>
<p>Un Programa de Integridad efectivo no solo facilita el cumplimiento normativo, sino que también actúa como un elemento diferenciador en la evaluación de la transparencia y la sostenibilidad de los proyectos. Además, su implementación refuerza la confianza en las inversiones y contribuye a prevenir conflictos de interés y actos de corrupción.</p>
<h3>Conclusión</h3>
<p>La Ley 27.401 y los Programas de Integridad representan un paso trascendental en el fortalecimiento de la transparencia y la responsabilidad corporativa en Argentina. En el marco del Régimen de Iniciativa Privada y el RIGI, la implementación de estas medidas se convierte en un pilar fundamental para garantizar la confianza pública y privada en las actividades empresariales, promoviendo un entorno de inversión sólido, ético y sostenible.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>Más sobre Florencia Luz Marquéz Bonino en nuestra plataforma:</p>
<p><blockquote class="wp-embedded-content" data-secret="TG9SQa4Dxe"><a href="https://todocompliance.com/dra-florencia-luz-marquez-bonino/">DRA. FLORENCIA LUZ MARQUÉZ BONINO</a></blockquote><iframe loading="lazy" class="wp-embedded-content" sandbox="allow-scripts" security="restricted"  title="«DRA. FLORENCIA LUZ MARQUÉZ BONINO» — TODOCOMPLIANCE" src="https://todocompliance.com/dra-florencia-luz-marquez-bonino/embed/#?secret=eu6vfy7SDQ#?secret=TG9SQa4Dxe" data-secret="TG9SQa4Dxe" width="600" height="338" frameborder="0" marginwidth="0" marginheight="0" scrolling="no"></iframe></p>
<p>&nbsp;</p>
<p><blockquote class="wp-embedded-content" data-secret="E0rzVCryGP"><a href="https://todocompliance.com/la-lucha-contra-la-corrupcion-en-uruguay/">Uruguay y su compromiso de lucha contra la corrupción.</a></blockquote><iframe loading="lazy" class="wp-embedded-content" sandbox="allow-scripts" security="restricted"  title="«Uruguay y su compromiso de lucha contra la corrupción.» — TODOCOMPLIANCE" src="https://todocompliance.com/la-lucha-contra-la-corrupcion-en-uruguay/embed/#?secret=TRpz5v0RD3#?secret=E0rzVCryGP" data-secret="E0rzVCryGP" width="600" height="338" frameborder="0" marginwidth="0" marginheight="0" scrolling="no"></iframe></p>



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<p>&nbsp;</p>


<hr class="wp-block-separator has-alpha-channel-opacity" />


<p>Un artículo similar a este ha sido previamente publicado por la autora en Perfil.com. Se adjunta el link: https://www.perfil.com/noticias/opinion/rigi-y-lucha-contra-la.phtml</p>
<p>&nbsp;</p>
<hr />
<p><em>Este artículo es de propiedad de su autora Florencia Luz Marquéz Bonino y goza de la correspondiente protección de derecho de autor, de acuerdo a los términos de la Ley 11.723 de Propiedad Intelectual (ARG). Todocompliance.com reserva para sí el derecho a usar, copiar y reproducir total o parcialmente el contenido del presente, no obstante, no asume responsabilidad alguna por la veracidad, corrección y/o actualización del mismo. Queda prohibida su reproducción sin autorización previa y expresa de Todocompliance.com.</em></p>



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		<title>Sustentabilidad y Compliance</title>
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		<dc:creator><![CDATA[]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 02 Aug 2024 19:07:45 +0000</pubDate>
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					<description><![CDATA[<p>Mientras nos preparamos para el webinario Masterlaw by Wolap del 7 de agosto, recordamos el siguiente material de la especialista en sustentabilidad Fernanda Nan.</p>
<p>La entrada <a href="https://todocompliance.com/sustentabilidad-y-compliance/">Sustentabilidad y Compliance</a> se publicó primero en <a href="https://todocompliance.com">TODOCOMPLIANCE</a>.</p>
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<figure class="wp-block-media-text__media"><img loading="lazy" decoding="async" class="alignnone wp-image-2213 size-full" src="https://todocompliance.com/wp-content/uploads/2024/08/FN-1.png" alt="" width="192" height="248" /></figure>
<div class="wp-block-media-text__content">
<p>LL.M. MS.c. Prof. Fernanda Nan</p>
<p>Experta Internacional en Sustentabilidad, posee 14 años de experiencia en sostenibilidad internacional, auditoría, riesgos, gobernanza y cumplimiento en energías renovables, petróleo y gas, logística, industria química, TI, mercados de carbono y agroindustria. Asesora senior en sostenibilidad ESG y cumplimiento normativo en GCE Counsellors at Law (Alemania). Más de 11 años desempeñando el cargo de Global ESG and Compliance Manager en SOWITEC group GmbH, gestionando ambos departamentos en 16 filiales en América Latina, Asia, África y Europa. Profesor invitado del seminario «Accountability, Ethics and Governance» en Hochschule Osnabrück, Alemania. Profesor de «Global Sustainability Business» en la Facultad de Ingeniería de la Universidad de Montevideo (UM). Especializada en Derechos Humanos, Collège Universitaire Henry Dunnant (Suiza). Certificada como Leader Professional in Ethics and Compliance (LPEC) por ECI (USA). Preside el Comité de Innovación de la AHK (Cámara de Industria y Comercio Argentino Alemana).</p>











<p>LinkedIn. https://www.linkedin.com/in/fernanda-nan-4092107a/</p>



<p>&nbsp;</p>
</div>
</div>



<div> </div>



<h1 class="wp-block-heading"><strong>Síntesis de Ciclo sobre Desarrollo Sostenible 2024 del Consejo Profesional de Cs. Económicas de CABA (ARG), coordinado por la Dra. Inés García Fronti. </strong></h1>





<blockquote class="wp-block-quote is-layout-flow wp-block-quote-is-layout-flow"></blockquote>



<p>La especialista en sustentabilidad y compliance, LL.M. Fernanda Nan, destaca la interrelación entre integridad y sustentabilidad, subrayando cómo ambas se entrelazan en el contexto empresarial. Su experiencia refleja cómo pasó de Administración de Empresas a Negocios Internacionales, Sustentabilidad y finalmente a compliance en áreas de legales, sociales y medioambientales.</p>
<p>Fernanda Nan ilustra cómo el Compliance no se limita al aspecto financiero, sino que abarca también el cumplimiento de principios sociales y ambientales, especialmente en proyectos de desarrollo sostenible respaldados por instituciones financieras internacionales. Destaca la importancia de los controles y programas de implementación, señalando la aplicabilidad de las mismas estructuras para la gestión de la integridad y el cumplimiento normativo.</p>
<p>Además, enfatiza el crecimiento del nicho de mercado para profesionales en áreas como administración, contabilidad y actuario, que pueden aplicar su conocimiento en gestión de riesgos a contextos sociales, ambientales y de integridad. Fernanda Nan, tomando en cuenta su experiencia, promueve la investigación en sostenibilidad y resalta la relevancia de los informes de sostenibilidad como herramientas para comprender y abordar los desafíos empresariales contemporáneos.</p>
<p>En relación con la sostenibilidad empresarial, Fernanda pondera la evolución del enfoque de gestión ambiental hacia la creación de valor compartido, donde las empresas se convierten en socios de las comunidades locales para generar beneficios mutuos. Ejemplifica cómo empresas en América Latina están abordando la crisis climática y los desafíos sociales mediante acuerdos de cooperación y desarrollo inclusivo con comunidades locales.</p>
<p>Además, se destaca la importancia de cumplir con normativas internacionales, como la Debida Diligencia (DD) en derechos humanos y ambientales, impulsadas por países de la Unión Europea, en particular, cómo el incumplimiento de estas normativas puede afectar la viabilidad de proyectos y la reputación de las empresas en el mercado internacional.</p>
<p>Fernanda Nan a lo largo de su exposición resalta la importancia de la sustentabilidad y la integridad en el mundo empresarial moderno, y aboga por una gestión responsable que genere beneficios tanto económicos como sociales y ambientales.</p>
<blockquote>
<p>“Es crucial entender que la sostenibilidad y el cumplimiento no son solo aspectos éticos, sino que también tienen un impacto financiero importante en los proyectos y en la reputación de las empresas”.</p>
</blockquote>



<figure class="wp-block-image size-large"><img loading="lazy" decoding="async" class="alignnone wp-image-2207" src="https://todocompliance.com/wp-content/uploads/2024/08/iStock-1328476682.jpg" alt="" width="795" height="477" srcset="https://todocompliance.com/wp-content/uploads/2024/08/iStock-1328476682.jpg 795w, https://todocompliance.com/wp-content/uploads/2024/08/iStock-1328476682-480x288.jpg 480w" sizes="(min-width: 0px) and (max-width: 480px) 480px, (min-width: 481px) 795px, 100vw" /></figure>



<p>&nbsp;</p>



<p>Se comparte una historia sobre ciertas divergencias locales en base al seguimiento de los murciélagos y los pueblos indígenas, lo que demuestra la complejidad de cumplir con los estándares más exigentes de las normas, especialmente cuando hay discrepancias entre las regulaciones locales y las normas internacionales. Esto destaca la importancia de la transparencia y la colaboración entre las empresas y las autoridades gubernamentales para garantizar que se cumplan los requisitos.</p>
<blockquote>
<p>“Es alentador ver cómo se está involucrado en la capacitación y la sensibilización, tanto dentro de la empresa como en la cadena de valor más amplia. La colaboración y el intercambio de conocimientos son fundamentales para elevar los estándares en toda la industria y lograr un desarrollo sostenible a largo plazo”<em> –</em>explica a Todocompliance.com.</p>
</blockquote>
<p>En resumen, el enfoque en la sostenibilidad y el cumplimiento indica un compromiso sólido con la responsabilidad empresarial y la creación de valor compartido. Es un recordatorio importante de que, aunque el camino puede ser desafiante, cada esfuerzo cuenta para construir un futuro más sostenible y ético.</p>
<p>La última parte de la exposición de Fernanda Nan se centra en la implementación práctica de medidas de integridad y sostenibilidad en empresas, especialmente aquellas con presupuestos limitados. Así, remarca la importancia de acciones concretas como la creación de canales de comunicación anónimos, la designación de un Ombudsperson interno y la adaptación de herramientas como WhatsApp o Skype para facilitar la denuncia de irregularidades. Se resalta la idea asimismo de que, aunque lo ideal sería contar con recursos financieros suficientes para implementar políticas integrales, la realidad es que muchas veces ello no es posible. En este sentido, se enfatiza la importancia de comenzar con acciones concretas, incluso con presupuestos reducidos, como la creación de políticas internas, la identificación de riesgos y la participación de todos los miembros de la organización.</p>
<p>Se mencionan iniciativas de diferentes países en materia de sostenibilidad y ética empresarial, así como la importancia de la profesionalización en este campo, y se destaca la necesidad de que estas políticas estén integradas en toda la organización y no dependan de una sola persona o departamento.</p>
<p>Finalmente, se hace referencia a la importancia de la formación continua en temas de integridad y sostenibilidad, y se señala la relevancia de programas educativos como las diplomaturas en gestión del desarrollo sostenible y en normas internacionales de información financiera, que incluyen módulos específicos sobre estos temas.</p>
<blockquote>
<p>“Estamos ante un cambio de paradigma hacia una visión más integral y ética en el ámbito empresarial”- concluye Fernanda Nan a esta plataforma.</p>
</blockquote>
<p>&nbsp;</p>
<p>Para ver el programa completo, invitamos a acceder al siguiente link: https://www.youtube.com/watch?v=ne0a-zpV_TM&amp;t=3966s</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>Más sobre Fernanda Nan en nuestra plataforma:</p>
<p><blockquote class="wp-embedded-content" data-secret="XUTtJ5OIFs"><a href="https://todocompliance.com/masterlaw-todocompliance-compliance-esg/">Masterlaw by Wolap. Compliance &#038; ESG.</a></blockquote><iframe loading="lazy" class="wp-embedded-content" sandbox="allow-scripts" security="restricted"  title="«Masterlaw by Wolap. Compliance &#038; ESG.» — TODOCOMPLIANCE" src="https://todocompliance.com/masterlaw-todocompliance-compliance-esg/embed/#?secret=0v7x3nZOiu#?secret=XUTtJ5OIFs" data-secret="XUTtJ5OIFs" width="600" height="338" frameborder="0" marginwidth="0" marginheight="0" scrolling="no"></iframe></p>
<p>&nbsp;</p>
<p><blockquote class="wp-embedded-content" data-secret="1HcDy5eenH"><a href="https://todocompliance.com/como-alinearse-a-esta-nueva-sinfonia-etica/">¿Cómo alinearse a esta nueva sinfonía ética?</a></blockquote><iframe loading="lazy" class="wp-embedded-content" sandbox="allow-scripts" security="restricted"  title="«¿Cómo alinearse a esta nueva sinfonía ética?» — TODOCOMPLIANCE" src="https://todocompliance.com/como-alinearse-a-esta-nueva-sinfonia-etica/embed/#?secret=TdKG8qJSHZ#?secret=1HcDy5eenH" data-secret="1HcDy5eenH" width="600" height="338" frameborder="0" marginwidth="0" marginheight="0" scrolling="no"></iframe></p>
<p>&nbsp;</p>
<p><blockquote class="wp-embedded-content" data-secret="h2UwoLBfJt"><a href="https://todocompliance.com/entrevista-a-fernanda-nan/">Entrevista a Fernanda Nan</a></blockquote><iframe loading="lazy" class="wp-embedded-content" sandbox="allow-scripts" security="restricted"  title="«Entrevista a Fernanda Nan» — TODOCOMPLIANCE" src="https://todocompliance.com/entrevista-a-fernanda-nan/embed/#?secret=GheIFtnoHn#?secret=h2UwoLBfJt" data-secret="h2UwoLBfJt" width="600" height="338" frameborder="0" marginwidth="0" marginheight="0" scrolling="no"></iframe></p>



<p>&nbsp;</p>



<p>&nbsp;</p>


<hr class="wp-block-separator has-alpha-channel-opacity" />


<p><em>Este artículo es de propiedad de su autora Fernanda Nan y goza de la correspondiente protección de derecho de autor, de acuerdo a los términos de la Ley 11.723 de Propiedad Intelectual (ARG). Todocompliance.com reserva para sí el derecho a usar, copiar y reproducir total o parcialmente el contenido del presente, no obstante, no asume responsabilidad alguna por la veracidad, corrección y/o actualización del mismo. Queda prohibida su reproducción sin autorización previa y expresa de Todocompliance.com.</em></p>



<p>&nbsp;</p>
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		<title>Entrevista a María Luján Bianchi</title>
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		<pubDate>Sun, 14 Jul 2024 22:53:55 +0000</pubDate>
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					<description><![CDATA[<p>Entrevista a María Luján Bianchi, titular de su propia consulta Build the Future, con amplia trayectoria corporativa en empresas internacionales en áreas de Legales, Complianace y DEI.</p>
<p>La entrada <a href="https://todocompliance.com/entrevista-a-maria-lujan-bianchi/">Entrevista a María Luján Bianchi</a> se publicó primero en <a href="https://todocompliance.com">TODOCOMPLIANCE</a>.</p>
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<p><img loading="lazy" decoding="async" class="size-medium wp-image-2125 alignleft" src="https://todocompliance.com/wp-content/uploads/2024/07/Ma-Lujan-Bianchi-foto-300x300.png" alt="" width="300" height="300" /></p>
<p><strong style="color: #333333; font-size: 22px;">Dra. María Luján Bianchi</strong></p>
<p>Abogada (UCA),  Posgrado en Derecho Mercantil (Salamanca), MBA (UTDT), con destacada trayectoria nacional e internacional como Directora de Área de legales y Compliance, Consultora Experta en DEI. Titular de la consultora Build the Future (BTF), fundada en 2021. Directora Académica y Profesora del Posgrado de Compliance de Derecho, UCA. Docente en Programa de Compliance de UADE Business School. Miembro de Women in Leadership en General Mills Inc. Miembro de Women in Compliance (WiC).  Auditora ISO 37001 Bureau Veritas.</p>



<p>Puede seguir a Ma. Luján Bianchi en https://www.linkedin.com/in/maria-lujan-bianchi-9a673b19/ y visitar su sitio web https://lujanbianchi.com/</p>



<p>&nbsp;</p>



<h2 class="wp-block-heading"><strong>Definición de Compliance Officer (CO) en 120 caracteres.</strong></h2>
<blockquote class="wp-block-quote">
<p>El Compliance Officer es un líder ético; referente que inspira y guía a la organización en la toma de decisiones éticas y legales. Es el guardián de la reputación.</p>
</blockquote>
<!-- /wp:post-content -->

<!-- wp:heading -->
<h2 class="wp-block-heading"><strong>¿Qué es lo que más le gusta de su trabajo?</strong></h2>
<!-- /wp:heading -->

<!-- wp:quote -->
<blockquote class="wp-block-quote"><!-- wp:paragraph -->
<p>Lo que más me gusta de mi trabajo es tener la posibilidad de dejar huella, y poder unirlo con mi propósito: Ayudar a las organizaciones en la toma de decisiones éticas y en la implementación de iniciativas de diversidad e inclusión; para así contribuir a una sociedad más justa, diversa y equitativa.</p>
<!-- /wp:paragraph --></blockquote>
<!-- /wp:quote -->

<!-- wp:heading -->
<h2 class="wp-block-heading"><strong>¿Cómo llegó a ser un Compliance Officer?</strong></h2>
<!-- /wp:heading -->

<!-- wp:quote -->
<blockquote class="wp-block-quote"><!-- wp:paragraph -->
<p>Soy abogada, cuento con un MBA en la Universidad Di Tella y un Posgrado en la Universidad de Salamanca (entre otros cursos en IAE Business School, Standford School of Business y la Universidad de Toronto). Trabaje durante 15 años en estudios jurídicos de primer nivel como Estudio Moltedo y Brons &amp; Salas. Viví 5 años en Brasil, donde también trabajé, y durante 6 años fui Directora de Legales y Compliance para Latinoamérica en General Mills Inc., incluyendo responsabilidad sobre México, Brasil, Venezuela, Argentina, Chile y todo Centroamérica. Posteriormente, fui Chief Compliance Officer de YPF durante casi 3 años. En 2022 (fines de 2021) funde la consultora Build the Future, donde junto a un equipo interdisciplinario nos especializamos en asesorar organizaciones en temas de Integridad, Diversidad e Inclusión. Actualmente soy también Directora del Posgrado en Compliance de la Facultad de Derecho de la UCA.</p>
<!-- /wp:paragraph --></blockquote>
<!-- /wp:quote -->

<!-- wp:heading -->
<h2 class="wp-block-heading"><strong>¿Qué es lo más retador y lo que más le recompensa de su posición?</strong></h2>
<!-- /wp:heading -->

<!-- wp:quote -->
<blockquote class="wp-block-quote"><!-- wp:paragraph -->
<p>Lo más retador y lo que más me recompensa a la vez, es que las organizaciones (y en especial los altos mandos) realmente valoren y vean la importancia y por, sobre todo, los beneficios de poder trabajar a conciencia, con convencimiento y real compromiso en iniciativas tanto vinculadas con Integridad como con DEI. Y que trabajen en forma proactiva, estratégica y planificada; y no en forma reactiva. En el camino de la transformación cultural se necesita resiliencia y paciencia porque es un recorrido cuyos resultados no son inmediatos. Sin embargo, cuando uno ve el camino recorrido, y percibe los cambios, la gratificación es muy grande.</p>
<p>&nbsp;</p>
<!-- /wp:paragraph --></blockquote>
<!-- /wp:quote -->

<!-- wp:heading -->
<h2 class="wp-block-heading"><strong>¿Qué consejo le daría a un nuevo profesional que comienza la carrera su carrera en Compliance?</strong></h2>
<!-- /wp:heading -->

<!-- wp:quote -->
<blockquote class="wp-block-quote"><!-- wp:paragraph -->
<p>Asumiendo que es una persona de bien, que haga siempre lo que su conciencia y conocimiento le indican que es lo correcto, que recuerde que es ejemplo. Que las habilidades blandas son tan importantes como las habilidades técnicas. Y que recuerde que Compliance no es solo cumplimiento, sino que tiene que ver con valores, que es mucho más que cumplir solamente.</p>
<!-- /wp:paragraph --></blockquote>
<!-- /wp:quote -->

<!-- wp:heading -->
<h2 class="wp-block-heading"><strong> ¿Cómo ve el desarrollo del Compliance en la Argentina, en la región Latam? ¿Qué le falta ?</strong></h2>
<!-- /wp:heading -->

<!-- wp:quote -->
<blockquote class="wp-block-quote"><!-- wp:paragraph -->
<p>Creo que Compliance vino para instalarse tanto en Argentina, como en la región y en el mundo. Tal vez aun le falte madurez (y mayor ejecutabilidad) en la región, si lo comparamos con USA o UK, lo cual me parece normal ya que la normativa regional es más reciente que la de Europa o EEUU. Sin embargo, también creo que, tanto a nivel mundial como regional, lo fascinante es que el rol de Compliance se fue ampliando y que en muchas organizaciones hoy abarca también temas de data privacy, de sustentabilidad, ESG, diversidad y derechos humanos, entre otros.</p>
</blockquote>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:heading --><hr />
<h2 class="wp-block-heading"><strong>¿Qué soñaba ser cuando era niña? </strong></h2>
<!-- /wp:heading -->

<!-- wp:quote -->
<blockquote class="wp-block-quote"><!-- wp:paragraph -->
<p>De muy niñita soñaba con ser cantante y bailarina. Pero ya a comienzos de la secundaria quería ser abogada y cuando comencé a estudiar derecho mi sueño era ser directora de legales regional para una multinacional.</p>
<!-- /wp:paragraph --></blockquote>
<!-- /wp:quote -->

<!-- wp:heading -->
<h2 class="wp-block-heading"><strong>¿Cuál ha sido el último libro que leyó?</strong></h2>
<!-- /wp:heading -->

<!-- wp:quote -->
<blockquote class="wp-block-quote"><!-- wp:paragraph -->
<p>“Mi Persona Vitamina” es el último libro que leí, de Marian Rojas Estape, súper recomendable. Y para recomendar tengo muchos que para mí son clásicos, y leí hace bastante: Desde el Diván (de Irvin Yalom); “La vida mentirosa de los adultos” (Elena Ferrante); Lo mucho que te amé (de Eduardo Sacheri). Los de Eduardo Sacheri me gustan todos.</p>
<!-- /wp:paragraph --></blockquote>
<!-- /wp:quote -->

<!-- wp:heading -->
<h2 class="wp-block-heading"><strong>¿Qué destino recomienda para ir de vacaciones y desconectar?</strong></h2>
<!-- /wp:heading -->

<!-- wp:quote -->
<blockquote class="wp-block-quote"><!-- wp:paragraph -->
<p>Los Esteros del Ibera en Corrientes. ¡¡Amé ir ahí y no tener en absoluto señal del celular!! Desconecté al 100%.</p>
<!-- /wp:paragraph --></blockquote>
<!-- /wp:quote -->

<!-- wp:heading -->
<h2 class="wp-block-heading"><strong>Un defecto que le recriminen, una virtud que le celebren.</strong></h2>
<!-- /wp:heading -->

<!-- wp:quote -->
<blockquote class="wp-block-quote"><!-- wp:paragraph -->
<p>El defecto, la ansiedad, sin dudas. La virtud, la sinceridad. Y que soy buena amiga.</p>
<!-- /wp:paragraph --></blockquote>
<!-- /wp:quote -->

<!-- wp:heading -->
<h2 class="wp-block-heading"><strong>Estamos muy pendientes del móvil. ¿Cuál es su app preferida?.</strong></h2>
<!-- /wp:heading -->

<!-- wp:quote -->
<blockquote class="wp-block-quote"><!-- wp:paragraph -->
<p>Trato de usarlo principalmente para trabajar, o conectar con amigas o familia que viven lejos. EL ChatGPT me parece que bien utilizado, ayuda mucho.</p>
<!-- /wp:paragraph --></blockquote>
<!-- /wp:quote -->

<!-- wp:paragraph -->
<h2 class="wp-block-heading"><strong>Por favor, comparta un deseo para el futuro.</strong></h2>
<p>En lo personal, continuar creciendo y haciendo lo que me gusta, y ver crecer a mis hijos sanos y felices. Y que nuestro país pueda realmente brindar un futuro mejor, y con más oportunidades para nosotros, y a las generaciones que vienen.</p>
<h2 class="wp-block-heading"> </h2>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>¡Muchísimas gracias Ma. Luján  por compartir con la comunidad de Todocompliance tu admirable recorrido profesional así como tus reflexiones y consejos sobre este apasionante mundo!</p>
<!-- /wp:paragraph --><p><a class="a2a_button_email" href="https://www.addtoany.com/add_to/email?linkurl=https%3A%2F%2Ftodocompliance.com%2Fentrevista-a-maria-lujan-bianchi%2F&amp;linkname=Entrevista%20a%20Mar%C3%ADa%20Luj%C3%A1n%20Bianchi" title="Email" rel="nofollow noopener" target="_blank"></a><a class="a2a_button_linkedin" href="https://www.addtoany.com/add_to/linkedin?linkurl=https%3A%2F%2Ftodocompliance.com%2Fentrevista-a-maria-lujan-bianchi%2F&amp;linkname=Entrevista%20a%20Mar%C3%ADa%20Luj%C3%A1n%20Bianchi" title="LinkedIn" rel="nofollow noopener" target="_blank"></a><a class="a2a_button_facebook" href="https://www.addtoany.com/add_to/facebook?linkurl=https%3A%2F%2Ftodocompliance.com%2Fentrevista-a-maria-lujan-bianchi%2F&amp;linkname=Entrevista%20a%20Mar%C3%ADa%20Luj%C3%A1n%20Bianchi" title="Facebook" rel="nofollow noopener" target="_blank"></a><a class="a2a_button_x" href="https://www.addtoany.com/add_to/x?linkurl=https%3A%2F%2Ftodocompliance.com%2Fentrevista-a-maria-lujan-bianchi%2F&amp;linkname=Entrevista%20a%20Mar%C3%ADa%20Luj%C3%A1n%20Bianchi" title="X" rel="nofollow noopener" target="_blank"></a><a class="a2a_button_whatsapp" href="https://www.addtoany.com/add_to/whatsapp?linkurl=https%3A%2F%2Ftodocompliance.com%2Fentrevista-a-maria-lujan-bianchi%2F&amp;linkname=Entrevista%20a%20Mar%C3%ADa%20Luj%C3%A1n%20Bianchi" title="WhatsApp" rel="nofollow noopener" target="_blank"></a><a class="a2a_dd addtoany_share_save addtoany_share" href="https://www.addtoany.com/share#url=https%3A%2F%2Ftodocompliance.com%2Fentrevista-a-maria-lujan-bianchi%2F&#038;title=Entrevista%20a%20Mar%C3%ADa%20Luj%C3%A1n%20Bianchi" data-a2a-url="https://todocompliance.com/entrevista-a-maria-lujan-bianchi/" data-a2a-title="Entrevista a María Luján Bianchi"></a></p><p>La entrada <a href="https://todocompliance.com/entrevista-a-maria-lujan-bianchi/">Entrevista a María Luján Bianchi</a> se publicó primero en <a href="https://todocompliance.com">TODOCOMPLIANCE</a>.</p>
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		<title>Entrevista a Karina Paula Kucyk</title>
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		<dc:creator><![CDATA[]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 26 Mar 2024 18:55:14 +0000</pubDate>
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					<description><![CDATA[<p>Entrevista a Karina Paula Kucyk, actual compliance officer del Mercado Abierto Electrónico (MAE).</p>
<p>La entrada <a href="https://todocompliance.com/entrevista-a-karina-paula-kucyk/">Entrevista a Karina Paula Kucyk</a> se publicó primero en <a href="https://todocompliance.com">TODOCOMPLIANCE</a>.</p>
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<p>&nbsp;</p>



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<figure class="wp-block-media-text__media"><img loading="lazy" decoding="async" class="alignnone wp-image-1951 size-medium" src="https://todocompliance.com/wp-content/uploads/2024/03/Karina-Kuricyk-225x300.jpg" alt="" width="225" height="300" /></figure>
<div class="wp-block-media-text__content">
<figure class="wp-block-pullquote" style="border-style: none; border-width: 0px;">
<blockquote>
<h3><strong>Dra. Karina Paula Kucyk</strong></h3>
<p>&nbsp;</p>
<p>Compliance Officer en Mercado Abierto Electrónico (MAE).</p>
<p>Socia fundadora en KP KUCYK Abogados.</p>
<p>Certificada Internacional en Etica y Compliance (LPEC- ECI). Magister en Derecho Empresario (Universidad Austral). Miembro de Women in Compliance (WiC). Miembro de Integrity and Compliance Wing de G100 Million Mission. <br /><br /></p>
</blockquote>
</figure>
</div>
</div>
</div>
</div>



<p>Puede seguir a Karina en https://linkedin.com/in/karina-paula-kucyk-9635aa29</p>



<p>&nbsp;</p>



<h2 class="wp-block-heading"><strong>Definición de Compliance Officer (CO) en 120 caracteres.</strong></h2>
<blockquote class="wp-block-quote">
<p>Es el custodio de los valores de ética e integridad de la empresa y el testimonio permanente de la importancia que tienen esos valores en la actividad diaria.</p>
</blockquote>
<!-- /wp:post-content -->

<!-- wp:heading -->
<h2 class="wp-block-heading"><strong>¿Qué es lo que más le gusta de su trabajo?</strong></h2>
<!-- /wp:heading -->

<!-- wp:quote -->
<blockquote class="wp-block-quote"><!-- wp:paragraph -->
<p>La posibilidad de interactuar con todas las áreas de la empresa y de influir en la visión del negocio. La transversalidad y la versatilidad que exige la posición.</p>
<!-- /wp:paragraph --></blockquote>
<!-- /wp:quote -->

<!-- wp:heading -->
<h2 class="wp-block-heading"><strong>¿Cómo llegó a ser un Compliance Officer?</strong></h2>
<!-- /wp:heading -->

<!-- wp:quote -->
<blockquote class="wp-block-quote"><!-- wp:paragraph -->
<p>Soy abogada. Desde el inicio trabajé siempre con empresas de muy diversos rubros y llegué a conocer muy bien los procesos de toma de decisiones, la forma de encauzar los intereses de todas las partes relacionadas, de fijar objetivos, de inculcar cultura. Y así, naturalmente, casi sin darme cuenta, empecé a migrar de abogada corporativa a Compliance Officer. No fue de un día para el otro, fue un proceso gradual, de mucho estudio, capacitación, compromiso e interacción con otros profesionales super generosos que nunca dudaron en compartir sus conocimientos y experiencias.</p>
<p>La ética e integridad empresaria es un tema apasionante y hoy en día imprescindible para cualquier empresa, sea grande o pequeña. El mundo ya no admite empresas que no tenga esta mirada de compliance.</p>
<!-- /wp:paragraph --></blockquote>
<!-- /wp:quote -->

<!-- wp:heading -->
<h2 class="wp-block-heading"><strong>¿Qué es lo más retador y lo que más le recompensa de su posición?</strong></h2>
<!-- /wp:heading -->

<!-- wp:quote -->
<blockquote class="wp-block-quote"><!-- wp:paragraph -->
<p>Lo más retador es lograr transmitir la importancia que tiene contar con la perspectiva de compliance en todas las decisiones que se toman en la empresa. El Compliance Officer debería estar sentado en la mesa chica de toma de decisiones.</p>
<p>Y, además, lograr transmitir a todos los integrantes de una organización que los valores de ética y transparencia no sólo deben tenerse en cuenta al momento de cerrar grandes negocios, sino también en los pequeños actos y conductas diarias.</p>
<p>Esto es lo que permite diferenciar un Programa de Integridad real, que se vive y se transita con naturalidad como parte de la cultura empresarial, de un Programa de Integridad de papel, que se hace solamente para cumplir con la norma, pero que ni la empresa ni sus integrantes siente como propio.</p>
<p>Lo que más recompensa es, justamente, lograr esto. Tener una influencia positiva y lograr este cambio cultural en todas las esferas.</p>
<p>&nbsp;</p>
<!-- /wp:paragraph --></blockquote>
<!-- /wp:quote -->

<!-- wp:heading -->
<h2 class="wp-block-heading"><strong>¿Qué consejo le daría a un nuevo profesional que comienza la carrera su carrera en Compliance?</strong></h2>
<!-- /wp:heading -->

<!-- wp:quote -->
<blockquote class="wp-block-quote"><!-- wp:paragraph -->
<p>Que sea perseverante, que tenga paciencia, que no se desanime, que sea firme en sus convicciones, que sepa adaptarse a las necesidades del negocio sin perder el norte de los valores éticos, que entienda que los cambios culturales hay que hacerlos graduales para que calen hondo y se incorporen naturalmente, que no se olvide de estar siempre actualizado y que trabaje en red con otros profesionales de compliance.</p>
<p>Esto último es de vital importancia. En mi caso, formo parte de diversos grupos y asociaciones que aportan muchísimo valor a la labor diaria, compartiendo experiencias, novedades normativas, inquietudes, y a los cuales estoy enormemente agradecida. Entre los que más participo se encuentran  Women in Compliance ARG (WICAr), la Integrity &amp; Compliance Wing de G100:Mission Million,  la Asociación Argentina de Ética y Compliance, y durante muchos años la Comisión de Integridad y Transparencia de Abogados de Empresa de IDEA.</p>
<!-- /wp:paragraph --></blockquote>
<!-- /wp:quote -->

<!-- wp:heading -->
<h2 class="wp-block-heading"><strong> ¿Cómo ve el desarrollo del Compliance en la Argentina, en la región Latam? ¿Qué le falta ?</strong></h2>
<!-- /wp:heading -->

<!-- wp:quote -->
<blockquote class="wp-block-quote"><!-- wp:paragraph -->
<p>En los últimos 10 años el compliance avanzó mucho en Argentina y en la región. No sólo en las empresas, sino también en iniciativas estatales nacionales (como RITE) y regionales.</p>
<p>Sin embargo, queda mucho camino por recorrer. El hecho de que no exista “enforcement” estatal desincentiva en alguna medida a las empresas a seguir profundizando en las políticas de compliance y muchos de los avances que existen ocurren por imposición de las casas matrices ubicadas en EEUU o Europa.</p>
<p>De cualquier manera, ya prácticamente no existen empresas que desconozcan la importancia de compliance y el valor agregado y la ventaja competitiva que les aporta tener un Programa de integridad sólido frente a empresas que no lo tienen.</p>
<p>La empresa que hoy no tiene un Programa de compliance prácticamente queda afuera de todos los potenciales negocios en los que puede participar. Contar con este tipo de políticas es un “must have” para ser parte de la cadena de valor de empresas internacionales, para ser proveedor del Estado, para solicitar líneas de crédito en bancos, etc.</p>
<p>Las empresas hoy ya no enfrentan el desafío de preguntarse si tener un Programa de compliance es necesario. Esa primera etapa ya está cumplida y no hay dudas de que la respuesta es sí. No olvidemos que en nuestro país a principios de 2018 entró en vigencia la Ley 27.401 de Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas que impone a las empresas la necesidad de contar con Programas de Integridad adecuados para mitigar la imposición de penas y sanciones graves para casos de corrupción empresaria.</p>
<p>Hoy los desafíos pasan por incorporar la tecnología a los procesos para hacerlos más efectivos y eficientes y adaptarse al concepto de integridad ampliada, que ya no sólo refiere a anticorrupción, sino que también abarca derechos humanos, género, ambiente. Es una mirada transversal que atraviesa a todos los sectores de la empresa. Y se relaciona con la necesidad de estar atentos a los nuevos riesgos que se deben contemplar hoy en día.</p>
<p>&nbsp;</p>
</blockquote>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:heading --><hr />
<h2 class="wp-block-heading"><strong>¿Qué soñaba ser cuando era niña? </strong></h2>
<!-- /wp:heading -->

<!-- wp:quote -->
<blockquote class="wp-block-quote"><!-- wp:paragraph -->
<p>Soñaba con dedicarme a algo artístico, ser pianista, bailarina o escritora.</p>
<!-- /wp:paragraph --></blockquote>
<!-- /wp:quote -->

<!-- wp:heading -->
<h2 class="wp-block-heading"><strong>¿Cuál ha sido el último libro que leyó?</strong></h2>
<!-- /wp:heading -->

<!-- wp:quote -->
<blockquote class="wp-block-quote"><!-- wp:paragraph -->
<p>El último libro que leí fue Tokio Blues de Haruki Murakami, me gustó mucho. Entre mis libros preferidos están El amor en los tiempos del cólera de Gabriel García Márquez y  La policía de la memoria de Yoko Ogawa.</p>
<!-- /wp:paragraph --></blockquote>
<!-- /wp:quote -->

<!-- wp:heading -->
<h2 class="wp-block-heading"><strong>¿Qué destino recomienda para ir de vacaciones?</strong></h2>
<!-- /wp:heading -->

<!-- wp:quote -->
<blockquote class="wp-block-quote"><!-- wp:paragraph -->
<p>Dos lugares para ir de vacaciones: San Martín de los Andes, en Neuquén, Argentina y New York, en Estados Unidos.</p>
<!-- /wp:paragraph --></blockquote>
<!-- /wp:quote -->

<!-- wp:heading -->
<h2 class="wp-block-heading"><strong>Un defecto que le recriminen, una virtud que le celebren.</strong></h2>
<!-- /wp:heading -->

<!-- wp:quote -->
<blockquote class="wp-block-quote"><!-- wp:paragraph -->
<p>Defecto: estoy muy pendiente del celular. Virtud: soy muy comprometida con lo que hago, doy  el 100%.</p>
<!-- /wp:paragraph --></blockquote>
<!-- /wp:quote -->

<!-- wp:heading -->
<h2 class="wp-block-heading"><strong>Estamos muy pendientes del móvil. ¿Cuál es su app preferida?.</strong></h2>
<!-- /wp:heading -->

<!-- wp:quote -->
<blockquote class="wp-block-quote"><!-- wp:paragraph -->
<p>Mi app preferida es ChatBox de ChatGPT.</p>
<!-- /wp:paragraph --></blockquote>
<!-- /wp:quote -->

<!-- wp:paragraph -->
<h2 class="wp-block-heading"><strong>Por favor, comparta un deseo para el futuro.</strong></h2>
<p>Que la integridad y el respeto por la diversidad forme parte de nuestra vida cotidiana de manera natural.</p>
<h2 class="wp-block-heading"> </h2>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>¡Muchìsimas gracias Karina por compartir con la comunidad de Todocompliance tu pasión por el compliance y permitirnos a la vez aprender algo más sobre tu persona!</p>
<!-- /wp:paragraph --><p><a class="a2a_button_email" href="https://www.addtoany.com/add_to/email?linkurl=https%3A%2F%2Ftodocompliance.com%2Fentrevista-a-karina-paula-kucyk%2F&amp;linkname=Entrevista%20a%20Karina%20Paula%20Kucyk" title="Email" rel="nofollow noopener" target="_blank"></a><a class="a2a_button_linkedin" href="https://www.addtoany.com/add_to/linkedin?linkurl=https%3A%2F%2Ftodocompliance.com%2Fentrevista-a-karina-paula-kucyk%2F&amp;linkname=Entrevista%20a%20Karina%20Paula%20Kucyk" title="LinkedIn" rel="nofollow noopener" target="_blank"></a><a class="a2a_button_facebook" href="https://www.addtoany.com/add_to/facebook?linkurl=https%3A%2F%2Ftodocompliance.com%2Fentrevista-a-karina-paula-kucyk%2F&amp;linkname=Entrevista%20a%20Karina%20Paula%20Kucyk" title="Facebook" rel="nofollow noopener" target="_blank"></a><a class="a2a_button_x" href="https://www.addtoany.com/add_to/x?linkurl=https%3A%2F%2Ftodocompliance.com%2Fentrevista-a-karina-paula-kucyk%2F&amp;linkname=Entrevista%20a%20Karina%20Paula%20Kucyk" title="X" rel="nofollow noopener" target="_blank"></a><a class="a2a_button_whatsapp" href="https://www.addtoany.com/add_to/whatsapp?linkurl=https%3A%2F%2Ftodocompliance.com%2Fentrevista-a-karina-paula-kucyk%2F&amp;linkname=Entrevista%20a%20Karina%20Paula%20Kucyk" title="WhatsApp" rel="nofollow noopener" target="_blank"></a><a class="a2a_dd addtoany_share_save addtoany_share" href="https://www.addtoany.com/share#url=https%3A%2F%2Ftodocompliance.com%2Fentrevista-a-karina-paula-kucyk%2F&#038;title=Entrevista%20a%20Karina%20Paula%20Kucyk" data-a2a-url="https://todocompliance.com/entrevista-a-karina-paula-kucyk/" data-a2a-title="Entrevista a Karina Paula Kucyk"></a></p><p>La entrada <a href="https://todocompliance.com/entrevista-a-karina-paula-kucyk/">Entrevista a Karina Paula Kucyk</a> se publicó primero en <a href="https://todocompliance.com">TODOCOMPLIANCE</a>.</p>
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		<title>Delitos de Corrupción y de Cuello Blanco en Argentina (II).</title>
		<link>https://todocompliance.com/delitos-de-corrupcion-y-de-cuello-blanco-en-argentina-2/?utm_source=rss&#038;utm_medium=rss&#038;utm_campaign=delitos-de-corrupcion-y-de-cuello-blanco-en-argentina-2</link>
		
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		<pubDate>Wed, 06 Dec 2023 01:49:04 +0000</pubDate>
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					<description><![CDATA[<p>Especial publicación en dos entregas, en donde el Dr. Lucas Berber reseña la realidad de los delitos de corrupción y de aquellos llamados de "cuello blanco" en el sistema jurídico argentino.</p>
<p>La entrada <a href="https://todocompliance.com/delitos-de-corrupcion-y-de-cuello-blanco-en-argentina-2/">Delitos de Corrupción y de Cuello Blanco en Argentina (II).</a> se publicó primero en <a href="https://todocompliance.com">TODOCOMPLIANCE</a>.</p>
]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[
<p class="has-medium-font-size"><strong>Segunda parte parte.</strong></p>



<p><em>Autor</em> Dr. Lucas Berber.</p>



<p>Correo electrónico: <a href="mailto:lberber@justierradelfuego.gov.ar">lberber@justierradelfuego.gov.ar</a></p>



<p>Linkedin. https://www.linkedin.com/in/lucas-berber-1a6b0729a/</p>



<div class="wp-block-group alignwide is-layout-constrained wp-block-group-is-layout-constrained">
<p></p>



<p></p>
</div>



<p></p>



<p></p>



<h2 class="wp-block-heading has-text-align-center" style="font-size:30px">5. Complejidad en la investigación.</h2>



<p></p>



<p>Los jueces tienen grandes desafíos a la hora de investigar y juzgar hechos de corrupción y de cuello blanco, pues poseen características que complejiza su detección y esclarecimiento.</p>



<p>Son hechos complejos, que para demostrar acabadamente que se han dado los presupuestos legales que la norma penal exige, no pocas veces se necesitan conocimientos técnicos específicos, tiempo de investigación y recursos.</p>



<p>Por lo general, el desafío se incrementa dado que en la mayoría de los casos -como se observó al examinar la tipificación de cada delito- cuando la víctima es la Administración Pública y no una persona física determinada.</p>



<p>El estatus social o la posición de poder que ostentan usualmente los autores de este tipo de delitos no resulta un dato menor. En líneas generales suelen ser personas que se manejan dentro de un cierto rango de influencia, sea económica, funcional o política, incluso en ocasiones forman parte con rangos jerárquicos de la misma Administración a la que perjudican.</p>



<p>Con relación al factor poder, es comprensible que una persona que advierte este tipo de maniobras posea temor de denunciarlas, cuando son sus superiores jerárquicos son los ejecutores del acto delictivo. No solo sería comprensible la falta de denuncia, lo sería también el temor para testificar en su contra por las represalias que pudieran sufrir.</p>



<p>Dado que los efectos del delito, como se mencionó, son de poca visibilidad, por no ser explícito el daño que causan a la población en su conjunto, ello aduna en una baja cantidad de denuncias y menor interés social en la persecución penal de los responsables.</p>



<p>Los hechos pesquisados suelen ser de un entramado difícil de dilucidar y las fuerzas con las que muchas veces debe luchar el juez (políticas y económicas) suelen ofrecen una resistencia entrañable.</p>



<p>Resulta ilustrador en ese sentido lo sostenido por la colega Paula Honisch al mencionar que cuando se encuentran involucrados funcionarios de alto rango, la investigación se dificulta, sobre todo si aquél se encuentra desempeñando aún funciones. El poder que ostenta se traduce tanto en la posibilidad que tiene para manipular la evidencia como así también para ejercer presiones sobre posibles denunciantes y testigos y en algunos casos incluso para influir sobre los propios encargados de investigar, acusar y juzgar. Todo ello, demuestra que a pesar de que desde un punto de &nbsp;vista estrictamente normativo pareciera que se cuentan con suficientes herramientas &nbsp;y &nbsp;organismos &nbsp;especializados &nbsp;para &nbsp;incrementar &nbsp;las posibilidades &nbsp;de detección, investigación y castigo de hechos de corrupción, son tantos los obstáculos que deben enfrentar que al final de cuentas terminan siendo vencidas (o abatidas) y que en esa lucha, el derecho penal no resulta una herramienta particularmente eficaz<a id="_ftnref1" href="#_ftn1">[1]</a>”.</p>



<hr class="wp-block-separator has-alpha-channel-opacity"/>



<p><a href="#_ftnref1" id="_ftn1">[1]</a> HONISCH, Paula, <em>“Herramientas para la detección e investigación de hechos de corrupción en la Argentina, Una mesa con tres patas”</em>, <a href="https://www.palermo.edu/Archivos_content/derecho/pdf/Honisch-Paper-8-10.pdf">https://www.palermo.edu/Archivos_content/derecho/pdf/Honisch-Paper-8-10.pdf</a>, último acceso en fecha 14/10/2023.</p>



<p></p>



<h2 class="wp-block-heading has-text-align-center" style="font-size:30px">6. Fragmentos de doctrina sobre los delitos que se cometen con mayor frecuencia.</h2>



<p></p>



<p class="has-medium-font-size">Artículo 261 primer párrafo del C.P. <em>Peculado.</em></p>



<p>Será reprimido con reclusión o prisión de dos a diez años e inhabilitación absoluta perpetua, el funcionario público que sustrajere caudales o efectos cuya administración, percepción o custodia le haya sido confiada por razón de su cargo. Será reprimido con la misma pena el funcionario que empleare en provecho propio o de un tercero, trabajos o servicios pagados por una administración pública.</p>



<p></p>



<h1 class="wp-block-heading has-medium-font-size">Andrés D´Alessio.</h1>



<p>Señala D’ Alessio respecto al delito de referencia y en cuanto al sujeto activo que “este tipo penal requiere una doble caracterización en el sujeto, ya que no basta que se trate de un funcionario público si no se encuentra en una especial relación funcional con el bien en cuestión. Se trata del funcionario público al que le ha sido confiada en razón de su cargo, la administración, percepción o custodia del bien<a href="#_ftn1" id="_ftnref1">[1]</a>”.</p>



<h1 class="wp-block-heading has-medium-font-size">Sebastián Soler.</h1>



<p>Para Soler “no se pretende proteger a la administración pública contra una lesión de carácter patrimonial, se quiere asegurar que el dinero y otros activos patrimoniales existentes que se ponen a disposición del funcionario público sean administrados con las finalidades previstas<a href="#_ftn2" id="_ftnref2">[2]</a>”.</p>



<h1 class="wp-block-heading has-medium-font-size">Edgardo Alberto Donna.</h1>



<p>Por su parte Edgardo Alberto Donna sostuvo que “el delito de peculado es un delito contra la administración pública, de modo que el significado de la palabra sustraer debe ser entendida … como separar, apartar. Por eso el peculado se diferencia sustancialmente del hurto y también de un abuso de confianza y no se trata de un delito contra la propiedad… el funcionario quebranta la buena marcha patrimonial de la administración pública mediante la violación de su deber de probidad, apartando, separando, el bien cuando no lo debía hacer<a href="#_ftn3" id="_ftnref3">[3]</a>”.</p>



<h1 class="wp-block-heading has-medium-font-size">Daniel Pablo Carrera.</h1>



<p>Según Carrera “…el peculado no requiere la necesaria presencia de una lesión patrimonial. Se configura aún sin ella. No lo independizamos sin embargo de un resultado. El resultado que el peculado requiere, dada su objetividad jurídica, es el quebrantamiento del regular desenvolvimiento de la actividad patrimonial de la administración pública, que el funcionario ejecuta al faltar al deber de probidad, se siga o no de una lesión al patrimonio de la administración pública<a href="#_ftn4" id="_ftnref4">[4]</a>”.</p>



<p>Carrera, también enseña que “…lo que aquí juega es que no haya incertidumbre acerca del regular funcionamiento de la administración y ello se obtiene mediante el cumplimiento de las formalidades legales pertinentes”. Este autor, en la página 56 de la obra citada nos dice “La sociedad, interesada en la ordenada y regular actividad patrimonial de la administración, de suyo tiene interés en su probo desenvolvimiento. Sin probidad no se concibe un desarrollo regular y normal. Éste es el objeto específico de la tutela del peculado de bienes públicos de nuestro párrafo 1, art. 261, Cód. Penal. Las diversas manifestaciones administrativas dependen, a la postre, del comportamiento de los agentes a los cuales compete llevarlas a cabo.</p>



<p>Consecuentemente, media respecto de su gestión, la confianza colectiva en la efectiva observancia de los deberes del cargo. La esencia de este peculado se encuentra en ese quiebre al deber de probidad a que se encuentran sujetos los funcionarios con manejo de bienes públicos, con relación a ellos. El funcionario que falta a esa obligación (recuérdese que el peculado encierra un abuso de función), además de perturbar la normal marcha administrativa, siembra el descrédito para la administración.</p>



<p>Tal interés vital para la actividad patrimonial administrativa y esencial para mantener la confianza y el prestigio de la administración pública lo es también en repercusiones de otro orden. Por ello se ha expresado con certeza: “la probidad en la administración pública es índice del progreso moral y de la educación política de los pueblos”.</p>



<h1 class="wp-block-heading has-medium-font-size">Jorge Buompadre.</h1>



<p>Tal como lo señala Buompadre “la acción penal por peculado es independiente del juicio administrativo que realicen los tribunales de cuentas al funcionario involucrado en hechos de esta naturaleza … el proceso administrativo por rendición de cuentas no configura una cuestión prejudicial, con el sentido y alcance de una cuestión no penal que debe ser resuelta en un fuero distinto del proceso penal en el que se investiga el delito<a href="#_ftn5" id="_ftnref5">[5]</a>”.</p>



<h1 class="wp-block-heading has-medium-font-size">Ricardo Núñez.</h1>



<p>En definitiva, como sostiene Núñez al referir en particular al peculado de trabajos o servicios, pero aplicable al presente caso, “… en realidad, la idea que basta la simple calidad funcional del autor para que su aprovechamiento de trabajos o servicios pagados por la administración constituya malversación, olvida que ésta no se caracteriza por ser una simple violación de un deber genérico de moralidad funcional, sino que se caracteriza por constituir una violación funcional de la seguridad de los bienes de la administración pública<a href="#_ftn6" id="_ftnref6">[6]</a>”.</p>



<hr class="wp-block-separator has-alpha-channel-opacity"/>



<p><a href="#_ftnref1" id="_ftn1">[1]</a> D´ALESSIO Andrés J<em>, “Código Penal Comentado y Anotado, Parte Especial”</em>, T I y II, La Ley, 2004. pág. 261.</p>



<p><a href="#_ftnref2" id="_ftn2">[2]</a> SOLER Sebastián, “<em>Derecho Penal Argentino”</em>, T. III, Ed Tipográfica, Ed Argentina, Bs As., Pág. 232.</p>



<h1 class="wp-block-heading has-small-font-size"><a href="#_ftnref3" id="_ftn3">[3]</a> DONNA, Edgardo Alberto, “<em>Derecho Penal, parte especial</em> “, T. III, Pág 326.</h1>



<p><a href="#_ftnref4" id="_ftn4">[4]</a> CARRERA, Daniel Pablo, <em>“Peculado”</em>, Ed. Depalma, págs. 139/140.</p>



<p><a href="#_ftnref5" id="_ftn5">[5]</a> BOUMPADRE, Jorge, <em>“Delitos contra la Administración Pública”</em>, Editorial Mave, Buenos Aires 2001, pág. 259/260.</p>



<p><a id="_ftn6" href="#_ftnref6">[6]</a> NÚÑEZ, Ricardo, <em>“Manual de Derecho Penal”</em>, 2da. Edición actualizada por Víctor Félix Reinaldo, Ed. Marcos Lerner, pág. 447.</p>



<p></p>



<p class="has-medium-font-size">Artículo 266 del C.P.<em> Colusión.</em></p>



<p>Será reprimido con prisión de uno a cuatro años e inhabilitación especial de uno a cinco años, el funcionario público que, abusando de su cargo, solicitare, exigiere o hiciere pagar o entregar indebidamente, por sí o por interpuesta persona, una contribución, un derecho o una dádiva o cobrase mayores derechos que los que corresponden.</p>



<h1 class="wp-block-heading has-medium-font-size">Jorge Buompadre.</h1>



<p>Según los argumentos de Jorge E. Buompadre, volcados en su obra “Delitos contra la Administración Pública”, el mismo al hablar del bien jurídico protegido en general por los delitos agrupados genéricamente como “exacciones ilegales”, nos dice que “&#8230;presentan una objetividad jurídica compleja, que afectan tanto a la administración pública en el marco de su normal, ordenado y legal funcionamiento como al patrimonio de la víctima de la indebida exigencia, pero el legislador ha reconocido mayor importancia y jerarquía al primero de los bienes jurídicos mencionados, por cuanto se supone, en estos casos, mayor interés por la preservación de la función pública que por el patrimonio del particular. El bien jurídico específico, en estos supuestos, residiría en la observancia de los deberes de probidad de los funcionarios que son inherentes al ejercicio de los cargos públicos<a href="#_ftn1" id="_ftnref1">[1]</a>”.</p>



<p>El mismo autor al abordar modalidad típica introducida por la ley 25.188, tras la inclusión de la solicitud de una dádiva como acción típica, sostiene que debe acreditarse el abuso del cargo y por la acción de solicitar considera que es “&#8230;pedir, requerir, manifestar que se quiere o desea alguna cosa. Esta modalidad del comportamiento típico ha sido calificada por la doctrina española, en referencia al delito de cohecho, como una forma de “cohecho de propuesta”, o bien como una especie de “delito de emprendimiento”, por cuanto cualquier acto de ejecución consuma el tipo legal, bastando con la mera solicitud. La acción de solicitar importa una declaración de voluntad del funcionario, pudiendo ser expresa o implícita a través de actos concluyentes. Se trata de una conducta unilateral, cuya iniciativa (la solicitud) debe provenir, en todo momento, de la autoridad pública, no del particular, quien corrupto o no, puede aceptar o rechazar el requerimiento.</p>



<p>Es suficiente para la tipicidad del acto la formulación de la solicitud, independientemente de lo que haga o deje de hacer el potencial dador de la dádiva. La solicitud indebida debe llegar a conocimiento de la otra parte, siendo suficiente con que ella sea reconocible objetivamente por el destinatario, pues como bien se ha puesto de relieve, con esto es bastante para que pueda afectarse el orden interno, debido a que supone un mal ejemplo que afecta la ética de los funcionarios, así como el orden externo basado en la confianza que los ciudadanos deben tener en la imparcialidad y objetividad de la administración para que esta pueda funcionar<a href="#_ftn2" id="_ftnref2">[2]</a>”.</p>



<p>Al abordar el otro componente que lo constituye el abuso del cargo nos dice que “El abuso funcional implica, según la doctrina más extendida, una modalidad de la conducta que se traduce en un prevalimiento o aprovechamiento de la autoridad o poder que representa el cargo público…El abuso, señala Maggiore, es el uso ilícito de la calidad de funcionario público. El abuso se refiere alternativamente a las calidades o a las funciones; esto hace que haya delito, tanto cuando el funcionario público obra dentro de los límites de su competencia funcional como cuando se sirve de manera genérica de sus calidades para cometer el delito. El abuso del cargo implica un mal uso o un uso excesivo de una autoridad que legalmente posee el autor<a href="#_ftn3" id="_ftnref3">[3]</a>”.</p>



<h1 class="wp-block-heading has-medium-font-size">Ricardo Núñez.</h1>



<p>La coerción, como dice Núñez<a href="#_ftn4" id="_ftnref4">[4]</a>, debe derivar del propio poder del cargo público o de su ejercicio arbitrario por el funcionario. En síntesis, como se tiene dicho, en la exacción, atento a los bienes jurídicos en juego y por lo menos en una de las hipótesis previstas (exigencia), el autor se prevale de la preponderancia que frente al administrado le da el cargo que ejerce, pero se trata de un factor objetivo que no exige una correspondencia subjetiva en el sujeto pasivo de la acción de exacción.</p>



<p>Especialmente cuando el delito se configura como exigencia -con cuya formulación se consuma el delito-, es indiferente la influencia que el despliegue de actividad del autor pudo tener sobre el sujeto pasivo que la soportó, por ello no es posible deducir la inexistencia de aquel factor objetivo de la imposibilidad de esa influencia. La acción de exigir excluye el empleo expreso y abierto de intimidación o violencia física contra el sujeto pasivo, en cuyo caso la conducta se agravaría desplazando el tipo a la modalidad prevista en el art. 267.</p>



<hr class="wp-block-separator has-alpha-channel-opacity"/>



<p><a href="#_ftnref1" id="_ftn1">[1]</a> BUOMPADRE, Jorge, “<em>Delitos contra la Administración Pública”</em>, Editorial Mave, Buenos Aires 2001, pág. 305.</p>



<p><a href="#_ftnref2" id="_ftn2">[2]</a> BUOMPADRE Jorge, <em>“Delitos contra la Administración Pública”</em>, Editorial Mave, Buenos Aires 2001, pág. 310/311.</p>



<p><a href="#_ftnref3" id="_ftn3">[3]</a> BUOMPADRE Jorge, “<em>Delitos contra la Administración Pública”</em>, Editorial Mave, Buenos Aires 2001, pág. 313.</p>



<p><a id="_ftn4" href="#_ftnref4">[4]</a> NÚÑEZ Ricardo, “<em>Manual de Derecho Penal”</em>, 2da. Edición actualizada por Víctor Félix Reinaldo; Ed. Marcos Lerner.</p>



<p></p>



<p class="has-medium-font-size">Artículo 172, en función del artículo 174, inciso 5° del C.P.<em> Estafa agravada.</em></p>



<p class="has-medium-font-size"><strong>Andrés D´Alessio.</strong></p>



<p>Señala D’ Alessio en cuanto a la figura básica que “se caracteriza por el medio del cual se vale el autor para causar la lesión a la propiedad ajena, es decir, el fraude. La estafa es la defraudación causada por el autor, valiéndose de cualquier ardid o engaño”. Así destaca que “la acción típica es defraudar, la que entraña un acto de desapoderamiento mediante la inducción a una disposición patrimonial ajena e injusta lograda con adid o engaño<a href="#_ftn1" id="_ftnref1">[1]</a>”.</p>



<p>En cuanto a la agravante, el mismo autor referido que cita a Creus sostiene que “el delito se comete cuando el patrimonio ofendido es la administración pública en cualquiera de sus ramas, lo cual ocurre cuando la propiedad que él ataca pertenece a una entidad que es persona de derecho público<a href="#_ftn2" id="_ftnref2">[2]</a>”.</p>



<p>Sobre este aspecto cabe incluir jurisprudencia de aplicación. En ese sentido, “el delito de estafa no exige que los actos constitutivos del ardid hubieran recaído personal o directamente sobre el sujeto pasivo que, en definitiva, habría de efectuar la disposición patrimonial viciada, sino que, por el contrario, la inducción a error, aun dirigida a terceros, configura eficazmente la debida relación entre los tres elementos de ese delito: el ardid, el error y la disposición patrimonial perjudicial<a href="#_ftn3" id="_ftnref3">[3]</a>”.</p>



<hr class="wp-block-separator has-alpha-channel-opacity"/>



<p><a href="#_ftnref1" id="_ftn1">[1]</a> D´ALESSIO Andrés J, “<em>Código Penal Comentado y Anotado, Parte Especial”</em>, T. I y II, La Ley, 2004, pág. 672/673.</p>



<p><a href="#_ftnref2" id="_ftn2">[2]</a> D´ALESSIO Andrés J, “<em>Código Penal Comentado y Anotado, Parte Especial”</em>, T. I y II, La Ley, 2004, pág. 772</p>



<p><a id="_ftn3" href="#_ftnref3">[3]</a> CNCasación Penal, Sala I, Causa 1960, “Zampa, Eduardo y otro”, reg. Nº 2.525- 1,1998/12/03 (en autos Nº 1701/15, caratulados: “ALTAMIRANO, Orlando Idelfonso s/Estafa” 6/6/2017).</p>



<p></p>



<p class="has-medium-font-size">Artículo 174, inciso 5 &#8211; en función del artículo 173, inciso 7° del C.P.<em> Defraudación por Administración Fraudulenta en Perjuicio de una Administración Pública.</em></p>



<h1 class="wp-block-heading has-medium-font-size">Omar Breglia Arias.</h1>



<p>En consideración de ello, cabe destacar que el delito de fraude en perjuicio de una administración pública “… se comete cuando el patrimonio ofendido es la Administración Pública en cualquiera de sus ramas, lo cual ocurre cuando la propiedad que él ataca pertenece a una entidad que es persona de derecho público…” y “… la doctrina coincide en que no se trata de un tipo autónomo sino referido a los fraudes previstos en los arts. 172 a 174<a href="#_ftn1" id="_ftnref1">[1]</a>”.</p>



<h1 class="wp-block-heading has-medium-font-size">Francesco Carrara.</h1>



<p>Señala, en primer lugar, que «la acción que tiende a un solo fin criminoso jamás produce multiplicación de delitos, aun cuando para lograr ese fin se hayan efectuado otros actos que separadamente sean delictuosos<a href="#_ftn2" id="_ftnref2">[2]</a>«. Luego recuerda que «es regla tan racional como universal y constante que contra la administración fraudulenta no puede entablarse querella a mitad de camino&#8230;mientras no se termine de rendir cuentas, pues el administrador es deudor de cantidades, no de especies&#8230; El sustrato de la acusación es siempre la presentación de cuentas, pues sin ellas nunca podrá afirmarse que el gestor&#8230; se ha enriquecido indebida y maliciosamente<a href="#_ftn3" id="_ftnref3">[3]</a>«.</p>



<p>A lo que me permito agregar que, una es la rendición de cuentas previa a la imputación, como surge de dicho texto, porque una es la gestión. Y de manera muy categórica, concluye Carrara diciendo que «es regla conocidísima que la administración fraudulenta no se consuma mediante cada una de las sustracciones, sino mediante el saldo final que resulta al revisar las cuentas<a href="#_ftn4" id="_ftnref4">[4]</a>”.</p>



<h1 class="wp-block-heading has-medium-font-size">Alberto S. Millán.</h1>



<p>El perjuicio puede derivarse tanto del examen y resultado conjunto de la gestión como de una sola operación, porque lo que caracteriza este delito no es tanto la realización de una serie de maniobras como que la administración comprende un conjunto de bienes<a href="#_ftn5" id="_ftnref5">[5]</a>.</p>



<hr class="wp-block-separator has-alpha-channel-opacity"/>



<p><a href="#_ftnref1" id="_ftn1">[1]</a> BREGLIA ARIAS, Omar y GAUNA, Omar, <em>“Código Penal y leyes complementarias”</em>, T. 2, 5ta. Edición, Ed. ASTREA, &nbsp;pág 287/8.</p>



<p><a href="#_ftnref2" id="_ftn2">[2]</a> CARRARA, Francisco, “<em>Programa de Derecho Criminal</em>”, tomo 6, editorial «Temis», Santa Fe de Bogotá, 1996.</p>



<p><a href="#_ftnref3" id="_ftn3">[3]</a> CARRARA, Francisco, “<em>Programa de Derecho Criminal”</em>, tomo 6, editorial «Temis», Santa Fe de Bogotá, 1996.</p>



<p><a href="#_ftnref4" id="_ftn4">[4]</a> CARRARA, Francisco, <em>«Programa de Derecho Criminal</em>«, tomo 6, parágrafo 2304 y sgtes., (Annali Toscani&#8217;, XIII, I, 586), Editorial «Temis», Santa Fe de Bogotá, 1996.</p>



<p><a id="_ftn5" href="#_ftnref5">[5]</a> MILLÁN, Alberto S., <em>«Los delitos de administración fraudulenta y desbaratamiento de derechos acordados»,</em> Cooperadora de Derecho y Ciencias Sociales, Buenos Aires, 1976, pág. 39.</p>



<p></p>



<figure class="wp-block-image size-large"><img loading="lazy" decoding="async" width="1024" height="768" src="https://todocompliance.com/wp-content/uploads/2023/12/pexels-energepiccom-288477-1024x768.jpg" alt="" class="wp-image-1682" srcset="https://todocompliance.com/wp-content/uploads/2023/12/pexels-energepiccom-288477-980x735.jpg 980w, https://todocompliance.com/wp-content/uploads/2023/12/pexels-energepiccom-288477-480x360.jpg 480w" sizes="(min-width: 0px) and (max-width: 480px) 480px, (min-width: 481px) and (max-width: 980px) 980px, (min-width: 981px) 1024px, 100vw" /></figure>



<p></p>



<p></p>



<h1 class="wp-block-heading has-text-align-center" style="font-size:30px"> 7. rEPARACIÓN CIVIL.</h1>



<p></p>



<p>Con relación a la temática que analizamos, cuando hablamos de reparación civil o acción civil, nos referimos al interés que deben demostrar los representantes del Estado con capacidad para actuar en el juicio penal, para intentar obtener una compensación por los efectos negativos que causó el delito.</p>



<p>En el marco del proceso penal, que debe estar encausada contra los imputados, ello se articula a través de una demanda civil.</p>



<p>“La acción civil para la restitución de la cosa obtenida por medio del delito y la pretensión resarcitoria civil podrán ser ejercidas sólo por el titular de aquéllas, o por sus herederos en relación con su cuota hereditaria, representantes legales o mandatarios, contra los partícipes del delito y, en su caso, contra el civilmente responsable, ante el mismo Tribunal en que se promovió la acción penal<a href="#_ftn1" id="_ftnref1">[1]</a>”.</p>



<p>El impulso, la iniciativa, oferta y producción de la prueba es a instancia del actor y demandado. De allí que su cumplimiento o deserción respecto al interés en demostrar la responsabilidad o no -según cada parte del proceso- tendrá consecuencias precisas en la responsabilidad civil, se “….exige que cada afirmación fáctica cumplida en la demanda por el actor, sea expresamente contestada, evitando toda generalización, por el demandado en su responde; siendo también que toda evasiva, imprecisión o silencio respecto de todos o algunos puntos, puede, según facultad expresa otorgada por la ley, ser tomada como confesión por el juez. Siendo todo ello así, es incuestionable que la ley adjetiva civil permite a las partes llegar a fijar los límites del objeto procesal civil. Esa posibilidad es la que lleva a sostener que, en el ámbito del proceso civil, sin perjuicio de la verdad real, basta con alcanzar la verdad formal; la verdad acordada o concordada por las partes. Aceptando un hecho expresamente (confesión), o tácitamente (silencio), él vale como tal con prescindencia de que materialmente (realmente) no sea de ese modo (…) El ingreso en sede penal del proceso civil reparatorio, habrá de llevar siempre consigo la advertencia, tanto para el actor, como para el demandado, de que en el tramo de coincidencias de objetos procesales (hecho penal-sujetos), sus respectivas afirmaciones de hechos y sujetos dependen, para ser tenidas como verdaderas, de prueba precisa, cierta, detallada y armónica con la realidad…<a href="#_ftn2" id="_ftnref2"><em><strong>[2]</strong></em></a><em>”.</em></p>



<p>Con el fin de caracterizar la obligación que emerge del daño causado, podemos decir que “… La responsabilidad civil se adecúa a un concepto genérico: es la atribución jurídica de la obligación de reparar la pérdida o menoscabo de un bien jurídico, cuyo incumplimiento es sustituido por el derecho mediante medidas coactivas&#8230;<a href="#_ftn3" id="_ftnref3">[3]</a>”.<em></em></p>



<p>La resolución que recae en un caso puntual debe proveer a la reparación integral del desequilibrio producido por el hecho ilícito “…El presupuesto del ilícito civil es una obligación de la cual el acto constituye la violación. Dado que normas que veten el falso, y por lo tanto constituyan la obligación de no falsificar, no existen sino en el Código Penal, el falso puede constituir ilícito civil en cuanto sea previsto por la ley penal como (forma de delito)<a href="#_ftn4" id="_ftnref4">[4]</a>”.<em></em></p>



<hr class="wp-block-separator has-alpha-channel-opacity"/>



<p><a href="#_ftnref1" id="_ftn1">[1]</a> Artículo 12 del Código Procesal Penal de Tierra del Fuego.</p>



<p><a href="#_ftnref2" id="_ftn2">[2]</a> MOM, Jorge Moras, <em>“La acción civil reparatoria y el proceso penal”</em>, Ed. Abeledo-Perrot, p.125 y 126.</p>



<p><a href="#_ftnref3" id="_ftn3">[3]</a> CREUS, Carlos, <em>“</em><em>Derecho Penal Parte Especial”</em>, T. 2, 6ta Edición. Ed Astrea, p.12.</p>



<p><a href="#_ftnref4" id="_ftn4">[4]</a> CARNELUTTI, Francisco, <em>“Teoría del falso y el daño y el delito”</em>, Ed. Librería El Foro, ps. 121 y 122.</p>



<hr class="wp-block-separator has-alpha-channel-opacity"/>



<h2 class="wp-block-heading has-text-align-center" style="font-size:30px">8. Participación de la administración pública en el proceso penal para acusar y obtener una restauración económica.</h2>



<p></p>



<p>El Estado cuenta con un organismo facultado para ser parte querellante en causas penales. En esa dirección, la Fiscalía de Estado resulta ser dicho órgano, dado que la ley provincial 3, establece en su artículo 8 que: “El Fiscal de Estado representa a la Provincia en todos los juicios en que se controviertan sus intereses, cualquiera sea su fuero o jurisdicción conforme con las disposiciones de la presente Ley.”<em> </em>En tanto que el artículo 9, en su segundo párrafo reza: “El Fiscal de Estado deberá tomar intervención en toda actuación judicial en que resulten afectados los intereses de la Provincia”.</p>



<p>Su participación en los procesos redunda en mayores posibilidades para que el Estado pueda, a través de su representante, perseguir los delitos de corrupción y de cuello blanco y eventualmente obtener condenas, dado que, siendo parte querellante en la etapa de instrucción penal, está facultado para proponer medidas probatorias, contestar vistas y formular acusación en el juicio.</p>



<p>Por otro lado, el Estado puede constituirse como actor civil para interponer demanda contra los acusados, con el objeto de recuperar el patrimonio que fuera quitado a las arcas del erario público o, en su caso, obtener un resarcimiento.</p>



<p>El organismo facultado para ello es el Tribunal de Cuentas de la Provincia. Entre sus cualidades, podemos decir que se trata de un órgano autónomo, de contralor externo de la gestión económico-financiera de los tres poderes del Estado Provincial.</p>



<p>Así, por las atribuciones conferidas en la ley 50 y sus modificaciones introducidas por la ley 495, ejerce el control externo previo, preventivo y posterior de los actos del Estado donde estén involucrados fondos públicos; haciendo un análisis sobre los mismos de sus aspectos contables, legales, económicos y financieros.</p>



<p>Además, puntualmente en el artículo 73 de la ley 50 se estableció que: “Si en la sustanciación del juicio administrativo de responsabilidad se presumiese que se ha cometido algún delito de acción pública, el Tribunal formulará la denuncia”, convirtiéndolo así en un organismo obligado a denunciar ante la presunta comisión de un delito.</p>



<h2 class="wp-block-heading has-text-align-center" style="font-size:30px"> </h2>



<h2 class="wp-block-heading has-text-align-center" style="font-size:30px">9. CONCLUSIÓN.</h2>



<p>En el desarrollo del presente artículo, se analizó el fenómeno de la corrupción y los delitos de cuello blanco, especialmente en el contexto argentino. Se destacó la complejidad y las implicaciones de estos delitos, que a menudo involucran a personas de alto estatus social y político. A lo largo del texto, se discuten las dificultades que enfrentan los jueces y las autoridades encargadas de investigar y perseguir estos delitos debido a la influencia, el poder y la resistencia que ejercen los presuntos delincuentes.</p>



<p>Fue puesta de resalto la importancia de la justicia penal en la persecución de estos delitos y cómo los jueces desempeñan un papel fundamental en la investigación y el juicio de estos casos. También se mencionó la necesidad de una reparación civil y la participación de la Fiscalía de Estado y el Tribunal de Cuentas de la Provincia en la búsqueda de responsabilidad y resarcimiento.</p>



<p>Por último, es dable destacar la complejidad de abordar la corrupción y los delitos de cuello blanco, subrayando la necesidad de superar los obstáculos y desafíos inherentes a la persecución de estos delitos para garantizar la justicia y la integridad en la sociedad.</p>



<p></p>



<hr class="wp-block-separator has-alpha-channel-opacity"/>



<p class="has-medium-font-size"><strong>BIBLIOGRAFÍA</strong></p>



<p>BECCARIA Cesare, De los delitos y de las penas. Siglo XXI. Durkheim, Émile, La división del trabajo social, ed. Akal, 1982.</p>



<p>BINDER, Alberto, Introducción al Derecho Procesal Penal, Ad Hoc, 1999.</p>



<p>BREGLIA ARIAS Omar y GAUNA Omar, “Código Penal y Leyes Complementarias”, Tomo 2, 5ta. Edicion. Ed. Astrea.</p>



<p>BUOMPADRE Jorge, Delitos contra la Administración Pública, Editorial Mave, Buenos Aires 2001.</p>



<p>CAAMAÑO IGLESIAS PAIZ, Cristina, El delito de administración fraudulenta, Fabián J. Di Plácido Editor, 1999.</p>



<p>CARRARA Francesco, Programa de Derecho Criminal, tomo 6, editorial «Temis», Santa Fe de Bogotá, 1996).</p>



<p>CARRERA Daniel Pablo, “Peculado”; Ed. Depalma.</p>



<p>DAMIANOVICH DE CERREDO, Laura, Delitos contra la propiedad, Editorial Universidad, Buenos Aires, 1988.</p>



<p>D´ALESSIO Andrés J., Código Penal Comentado y Anotado, Parte Especial, Tomos I y II, La Ley, 2004.</p>



<p>DONNA Edgardo Alberto, Derecho Penal, parte especial Tomo III.</p>



<p>LASCANO, Carlos Julio, “Derecho Penal”; Ed. Advocatus. Carlos Creus, Derecho Penal Parte Especial, Tomo 2, 6ta Edición. Ed Astrea.</p>



<p>LEDESMA, Guillermo A.C., El proceso penal, Abeledo Perrot, Buenos Aires, 1979, T.</p>



<p>MILLÁN, Alberto S., Los delitos de administración fraudulenta y desbaratamiento de derechos acordados, Cooperadora de Derecho y Ciencias Sociales, Buenos Aires, 1976.</p>



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<p>NÚÑEZ, Ricardo, Manual de Derecho Penal; 2da. Edición actualizada por Víctor Félix Reinaldo; Ed. Marcos Lerner.</p>



<p>SCHREGINGER, Marcelo J., “Ejercicio de la función pública. Ética y transparencia”; AA.VV., D´Argenio directora; 1ª ed, La Plata 2007, Librería Editora Platense.</p>



<p>SIMONETTI José M. &nbsp;y VIRGOLINI, &nbsp;Julio, Del delito de Cuello Blanco a la Economía criminal, Cuadernos Inacipe, México 1990.</p>



<p>SOLER Sebastián, Derecho Penal Argentino, Tomo III, Ed Tipográfica, Ed Argentina Bs As.</p>



<p>SUTHERLAND Edwin, Principios de Criminología. Chicago: University of Chicago Press, 1923.</p>



<p>SUTHERLAND Edwin, Delincuencia de cuello blanco. Nueva York: Holt, Rinehart y Winston, 1949.</p>



<p>SUTHERLAND, Edwin, El delito de Cuello Blanco, Univ. Central de Venezuela, Caracas 1969.</p>



<p>VÁZQUEZ ROSSI, Jorge. Derecho Procesal Penal, Rubinzal Culzoni, Santa Fe, 1999, T.I.</p>



<p>Código Penal Argentino, Ley Nacional Nº 11.179 (actualizado).</p>



<p>HONISCH Paula, Herramientas para la detección e investigación de hechos de corrupción en la Argentina, Una mesa con tres patas <a href="https://www.palermo.edu/Archivos_content/derecho/pdf/Honisch-Paper-8-10.pdf">https://www.palermo.edu/Archivos_content/derecho/pdf/Honisch-Paper-8-10.pdf</a></p>



<p>FINOCCHIARO Enzo, La investigación penal preparatoria y la etapa de control en el sistema acusatorio, https://www.palermo.edu/Archivos_content/derecho/pdf/Honisch-Paper-8-10.pdf</p>



<p><em>Esta publicación es la actualización de un trabajo realizado por el autor durante el cursado de la Especialización en Criminología de la Universidad Nacional de Quilmes. Se trata de una breve reseña a los denominado delitos de corrupción y de cuello blanco. Se analiza el concepto, la actuación de los jueces y fiscales en la investigación de estos delitos, como así también la regulación penal cuando se ve afectada la administración pública.</em></p>



<p></p>



<p><em>Este artículo es asimismo una republicación. La publicacion original pertenece a la revista del Poder Judicial de la Provincia de Tierra del Fuego A eIAS, «Justicia en Conexión», Edición N° 1, noviembre 2023, dirigida por la Mg. Zarina Ross, del equipo de trabajo del Dr, Loffler</em>, cuyo link se acompaña a continuación:</p>



<p>https://heyzine.com/flip-book/ea7bda0bdc.html#page/1.</p>



<p></p>



<p></p>



<p><em>Este artículo es de propiedad de su autor Lucas Berber y goza de la correspondiente protección de derecho de autor, de acuerdo a los términos de la Ley 11.723 de Propiedad Intelectual. Todocompliance.com reserva para sí el derecho a usar, copiar y reproducir total o parcialmente el contenido del presente, no obstante, no asume responsabilidad alguna por la veracidad, corrección y/o actualización del mismo. Queda prohibida su reproducción sin autorización previa y expresa de Todocompliance.com.</em></p>
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		<title>Delitos de Corrupción y de Cuello Blanco en Argentina (I).</title>
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		<pubDate>Tue, 28 Nov 2023 23:51:42 +0000</pubDate>
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					<description><![CDATA[<p>Especial publicación en dos entregas, en donde el Dr. Lucas Berber reseña la realidad de los delitos de corrupción y de aquellos llamados de "cuello blanco" en el sistema jurídico argentino.</p>
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]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[
<p class="has-medium-font-size"><strong>Primera parte.</strong></p>



<p></p>



<p></p>



<div class="wp-block-group alignwide is-layout-constrained wp-block-group-is-layout-constrained">
<div class="wp-block-media-text alignwide is-stacked-on-mobile is-vertically-aligned-center" style="grid-template-columns:43% auto"><figure class="wp-block-media-text__media"><img loading="lazy" decoding="async" width="223" height="296" src="https://todocompliance.com/wp-content/uploads/2023/11/Lucas-Berber.png" alt="" class="wp-image-1665 size-full"/></figure><div class="wp-block-media-text__content">
<p><em>Autor</em> Dr. Lucas Berber.</p>



<p>Abogado de la Universidad Católica de Salta. Escribano Público por la Universidad Empresarial Siglo XI. Maestrando de la Maestría en Magistratura con tesis en etapa de evaluación, UBA. Especialista en Criminología, Universidad Nacional de Quilmes. Diplomando en Ciencias Forenses e Investigación Criminal, Universidad Blas Pascal. Replicador en el ámbito del Poder Judicial del Taller de Trabajo para una Justicia con Perspectiva de Género de la Oficina de la Mujer de la CSJN. Prosecretario del Juzgado de Instrucción 1 DJS. </p>



<p>Correo electrónico: <a href="mailto:lberber@justierradelfuego.gov.ar">lberber@justierradelfuego.gov.ar</a></p>



<p>Linkedin. https://www.linkedin.com/in/lucas-berber-1a6b0729a/</p>



<p></p>
</div></div>
</div>



<p></p>



<p></p>



<h2 class="wp-block-heading has-text-align-center" style="font-size:30px">Sumario. Concepto. Una particularidad. El trabajo de los jueces. Los delitos de corrupción y de cuello blanco en el ordenamiento legal argentino. Complejidad en la investigación. Fragmentos de doctrina sobre los delitos que se cometen con mayor frecuencia. Reparación civil. Participación de la administración pública en el proceso penal para acusar y obtener una restauración económica. Conclusión. Bibliografía.&nbsp;</h2>



<p></p>



<h2 class="wp-block-heading has-text-align-center" style="font-size:30px">1. Concepto.</h2>



<p></p>



<p>La gran cantidad de denuncias que originan causas, muchas de ellas de público conocimiento por cuestiones políticas, relacionadas con investigaciones sobre delitos de corrupción por parte de integrantes o exintegrantes de los distintos gobiernos, en ocasiones con la complicidad de empresarios, ha tenido múltiples repercusiones en una sociedad argentina cansada de estos flagelos.</p>



<p>Cierto es que los hechos de corrupción que involucran el denominado accionar de “cuello blanco”, aún cuando están previstos como ilícitos por la legislación por sus rasgos particulares, quedan muchas veces impunes.</p>



<p>Se ha dicho que «&#8230;este tipo de infracciones no suscitan la intervención de los tribunales penales, no dan lugar a arrestos por policías uniformados, ni provocan penas de prisión, y las violaciones de la ley, que en general son sometidas a comisiones administrativas, tribunales civiles o de equidad, no son incluidas en las estadísticas corrientes de hechos criminales<a href="#_ftn1" id="_ftnref1">[1]</a>«.<em></em></p>



<p>En ese entendimiento, por las características de este tipo de acciones, su persecución penal suele ser distinta a la que ocurre en relación con otro tipo de delincuencia, cuyos actores no cuentan con el mismo nivel de poder o de influencia social.</p>



<p>Según Edwin Sutherland<a href="#_ftn2" id="_ftnref2">[2]</a>, los delitos de cuello blanco se definen como “un crimen cometido por una persona de respetabilidad y alto<em> </em>estatus social en el curso de su ocupación<a href="#_ftn3" id="_ftnref3">[3]</a>”.</p>



<p>Fundó la teoría de la asociación diferencial por la que refirió que las conductas desviadas son aprendidas. Esta teoría, sostiene que las conductas propias de ciertos grupos sociales por las que se perfeccionan en el accionar delictivo, son transmitidas de unos a otros a modo de enseñanza.</p>



<p>La sociedad de por sí es conflictiva, no armónica y la conducta humana no parte de la personalidad del ser humano, sino que el comportamiento es el resultado de lo que ha ido incorporando de la sociedad a lo largo de su vida. Todas las conductas se aprenden, es por ello por lo que la conducta criminal resulta ser un proceso de aprendizaje continuo.</p>



<p>Para Sutherland, los individuos se encentran en un permanente proceso de aprendizaje, por ese motivo el comportamiento es pasible de ser modelado. El individuo puede aprender normas o delitos, dependiendo de los factores sociales y las propias decisiones que tome, las que siempre se verán influidas por el entorno.</p>



<p>En su texto Criminología<em> </em>(1923)<a href="#_ftn4" id="_ftnref4">[4]</a>, retitulado Principios de Criminología<em> </em>(1939), menciona que los delincuentes se relacionan entre sí, más que con personas que no comenten delitos. La desorganización social posee un rol fundamental como fuente para el desarrollo de la conducta desviada.</p>



<p>Sus estudios sobre el crimen de “cuello blanco<a href="#_ftn5" id="_ftnref5">[5]</a>” concluyeron que el comportamiento del delincuente no tiene que ver con una malformación de la persona o su inadaptación social, sino a que para actuar de esa manera tuvo que haber aprendido de otra u otras personas.</p>



<p>En la sociedad hay distintos grupos con distintos intereses y distintas metas, según el grupo al que pertenezca el individuo irá formando su psicología. Por otro lado, cuando más cercana e íntima es la relación, más fuertes son los valores que el individuo toma, por lo que una conducta criminal debe ser aprendida en un círculo de cierto grado de intimidad.</p>



<p>De esta forma, desterró la creencia de que solo los pobres asociados a situaciones patológicas cometían delitos y avanzó sobre las teorías sociológicas extendiendo sus fronteras. Su teoría del delito de cuello blanco contribuyó a visibilizar que la clase alta también comete crímenes. Los delitos de cuello blanco son el equivalente al crimen llevado a cabo por una persona de respetabilidad y alto estatus social en el curso de su ocupación.</p>



<p>Por su parte, remarcó que los delitos comunes y los de cuello blanco se diferencian, sobre todo, por las distintas formas en que se los controla y reprime. Es importante ponderar que los delitos de cuello blanco, en varias ocasiones, son cometidos por miembros de la sociedad de igual estatus social que el de los jueces que los juzgan, de los legisladores, empresarios, etc. Por lo que no despiertan el mismo rechazo general que los delitos ordinarios y muchas veces escapan al control penal.</p>



<hr class="wp-block-separator has-alpha-channel-opacity"/>



<p><a href="#_ftnref1" id="_ftn1">[1]</a> SUTHERLAND Edwin H, <em>«El delito de cuello blanco»</em>, Universidad Central de Venezuela, Caracas, 1969, p. 13.</p>



<p><a href="#_ftnref2" id="_ftn2">[2]</a> Sociólogo estadounidense (1883-1950), doctorado en la Universidad de Chicago en 1913.</p>



<p><a href="#_ftnref3" id="_ftn3">[3]</a> SUTHERLAND Edwin H, <em>«El delito de cuello blanco»</em>, Universidad Central de Venezuela, Caracas, 1969, p. 13.</p>



<p><a href="#_ftnref4" id="_ftn4">[4]</a> Cfr. SUTHERLAND, Edwin H, “<em>Principios de Criminología”</em>, Chicago: University of Chicago Press, 1923.</p>



<p><a href="#_ftnref5" id="_ftn5">[5]</a> Cfr. SUTHERLAND, Edwin H, “<em>Delincuencia de cuello blanco”</em>, Nueva York: Holt, Rinehart y Winston, 1949.</p>



<p></p>



<h2 class="wp-block-heading has-text-align-center" style="font-size:30px">2. una particularidad.</h2>



<p></p>



<p>Las personas sometidas a proceso penal por delitos de la temática estudiada, por lo general son personajes influyentes en la sociedad local, lo que conlleva a que parte de la población considere que los jueces poseen un temperamento benevolente o menos duro con ellos. En ese norte, es frecuente oír opiniones de la comunidad encaminadas a suponer que difícilmente los jueces condenen a estos delincuentes de elite y, en caso de que así sea, dificultosamente la pena impuesta sea de prisión de efectivo cumplimiento.</p>



<h2 class="wp-block-heading has-text-align-center" style="font-size:30px">3. el trabajo de los jueces.</h2>



<p></p>



<p>El juez persigue la averiguación de la verdad material con relación a los hechos denunciados. Esto es, aquella “verdad” que pueda acreditarse a partir de las pruebas producidas en la investigación.</p>



<p>A medida que va avanzando, el proceso penal atraviesa diferentes estadios o etapas. Tomando el esquema de Binder, advertiremos cinco etapas bien diferenciadas: a) una fase de investigación, preparación o instrucción, cuyo cometido principal consiste en la preparación de la acusación o del juicio; b) una fase crítica o del control del resultado de esa investigación; c) la fase plena, central, que es el juicio propiamente dicho; d) una fase de control de esa sentencia de juicio, manifestada a través de la existencia de distintos medios de impugnación, e) una última fase, donde se ejecuta la sentencia que ha quedado firme, pasada la cuarta etapa<a href="#_ftn1" id="_ftnref1">[1]</a>.</p>



<p>La primera etapa es propia del sistema inquisitivo, al punto tal que fue la Inquisición la que introdujo la necesidad de delinear una etapa procesal destinada pura y exclusivamente a la preparación del juicio, a la recolección de pruebas que sustenten la acusación. Ésta era la noción inicial de la etapa previa, preparatoria o como lo llamó el manual de inquisidores, la «etapa de instrucción».</p>



<p>Tradicionalmente se conoce a la etapa preparatoria como el “conjunto de actividades de adquisición probatoria necesarias para sostener válida y razonablemente una pretensión punitiva, mediante la demanda de justicia ante el tribunal de juicio<a href="#_ftn2" id="_ftnref2">[2]</a>”.</p>



<p>Para Enzo Finocchiaro, en los procesos acusatorios antiguos no era necesaria una etapa previa, ya que los juicios siempre se llevaban adelante en forma casi inmediata a la comisión del hecho que los motivaba. Cuando la inquisición comenzó a buscar delitos “etéreos”, hallándose las pruebas en el propio cuerpo del acusado, era necesaria entonces una “etapa previa”, donde la acusación se dedicaba a “extraer” la información que necesitaba por los medios idóneos (generalmente la tortura), para luego presentarla al Tribunal y realizar el juicio<a href="#_ftn3" id="_ftnref3">[3]</a>.</p>



<p>Esta idea de preparación luego fue derivando en lo que se conoció como “instrucción”. La instrucción penal, históricamente, fue la etapa del proceso penal bi-etario (dos etapas) y disyuntivo (sobreseimiento o juicio, condena o absolución), donde el Estado, habiendo tomado conocimiento de la comisión de un hecho delictivo, en la persona de un juez especializado, recolectaba las pruebas necesarias para, luego de una imputación formal a quien o quienes resultaren autores o participantes del hecho, remitieran el caso a un juicio, que generalmente era llevado por un tribunal en pleno, esto es, colegiado. De allí la antigua denominación de las dos etapas que tenía este proceso: el sumario y el plenario. Luego de ello, se dictaba una sentencia que podía absolver o condenar al imputado y en este último caso era entregado a las autoridades penitenciarias para que verificaran el cumplimiento de la pena impuesta<a href="#_ftn4" id="_ftnref4">[4]</a>.</p>



<p>El juez de juicio, en la actualidad debe velar dentro del ámbito de su competencia, por el respeto a los derechos humanos, reconocidos tanto en la constitución, en los tratados internacionales y en las normas que de los mismos emanen. &nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;</p>



<p>En esa inteligencia, el juez que interviene en el proceso penal ejerce un rol de cautela o de tutela de los mencionados derechos, en el ejercicio de la dirección de la investigación.</p>



<p>Juez es la autoridad judicial con facultades jurisdiccionales y exclusivas de administrar justicia, se rige por la Constitución, su ley orgánica y las normas de procedimiento, así como las disposiciones administrativas que nacen de esta última.</p>



<p>Su ámbito de competencia está igualmente regulado por la ley y se rige por los principios de la función jurisdiccional. Esta apreciación legal, de ninguna se aleja de las prescripciones éticas que el juez debe respetar.</p>



<p>La autoridad judicial es la encargada de dirigir la instrucción y de resolver mediante decisión judicial los asuntos penales. Es la persona física que ejerce la jurisdicción penal y tiene la difícil misión de decidir sobre derechos humanos, como son la libertad y el patrimonio.</p>



<p>Ahora bien, en el sistema procesal mixto que actualmente existe en la provincia de Tierra del Fuego, la investigación se encuentra a cargo de un juez de instrucción, quien resulta ser su director y le corresponde actuar la prueba; de este modo, el instructor organiza la instrucción en la forma que crea conveniente, llevando a cabo aquellas diligencias consideradas necesarias para establecer la existencia del delito y la persona del autor.</p>



<p>En ese sentido, las facultades del juez se agrupan de la siguiente manera: &nbsp;</p>



<p>Sobre las personas; puede decretar la detención provisional y la definitiva de los imputados, la ley lo autoriza para incomunicar al detenido si fuere necesario. Le corresponde resolver todo lo referente a la libertad personal del imputado.</p>



<p>Sobre terceros no inculpados; es atribución del juez la citación de testigos y peritos. Para lograr su comparecencia la ley le autoriza a dictar medidas coercitivas, obligándoles a comparecer mediante el auxilio de la fuerza pública.</p>



<p>Sobre los bienes; la ley permite al instructor la incautación de los instrumentos del delito. Puede recoger documentos del procesado, así como, su correspondencia.</p>



<p>En la primera etapa del proceso penal, es función del juez ponderar, por una parte, una persecución eficaz de los hechos y actos punibles que comprometan las condiciones de existencia y desarrollo de la comunidad, y por la otra, salvaguardar los derechos humanos de los intervinientes en la investigación penal, los cuales, en principio, no deben ser afectados en modo alguno por la mera existencia de una imputación en contra de una determinada persona.</p>



<p>La segunda etapa del proceso penal es la del juzgamiento de los hechos que, a mérito del juez de Instrucción, del requerimiento de juicio del Agente Fiscal y/o la parte querellante, han considerado que la prueba colectada resulta suficiente para sostener que se vulneró algún bien jurídico merecedor de tutela judicial. El resultado de la investigación será materia de estudio en el juicio oral y púbico, cuyo resultado será la condena o la absolución de las personas sometidas al proceso.</p>



<hr class="wp-block-separator has-alpha-channel-opacity"/>



<p><a href="#_ftnref1" id="_ftn1">[1]</a> Cfr. BINDER, Alberto, <em>“</em><em>Introducción al Derecho Procesal Penal”,</em> Ad Hoc, 1999, p.229.</p>



<p><a href="#_ftnref2" id="_ftn2">[2]</a> VAZQUEZ ROSSI, Jorge, <em>“Derecho Procesal Penal”,</em> Rubinzal Culzoni, Santa Fe, 1999, .I, p.351.</p>



<p><a href="#_ftnref3" id="_ftn3">[3]</a> Cfr. FINOCCHIARIO, Enzo, “La investigación penal preparatoria y la etapa de control en el sistema acusatorio”, <a href="http://www.pensamientopenal.com.ar/system/files/2015/09/doctrina42114.pdf">http://www.pensamientopenal.com.ar/system/files/2015/09/doctrina42114.pdf</a>, último acceso en fecha 13/10/2023.</p>



<p><a href="#_ftnref4" id="_ftn4">[4]</a> Cfr. LEDESMA, Guillermo A.C., “<em>El proceso penal”</em>, Abeledo Perrot, Buenos Aires, 1979, T., p.39.</p>



<figure class="wp-block-image size-large"><img loading="lazy" decoding="async" width="1024" height="683" src="https://todocompliance.com/wp-content/uploads/2023/11/pexels-andrea-piacquadio-3771097-1024x683.jpg" alt="" class="wp-image-1668" srcset="https://todocompliance.com/wp-content/uploads/2023/11/pexels-andrea-piacquadio-3771097-980x653.jpg 980w, https://todocompliance.com/wp-content/uploads/2023/11/pexels-andrea-piacquadio-3771097-480x320.jpg 480w" sizes="(min-width: 0px) and (max-width: 480px) 480px, (min-width: 481px) and (max-width: 980px) 980px, (min-width: 981px) 1024px, 100vw" /></figure>



<p></p>



<p></p>



<h1 class="wp-block-heading has-text-align-center" style="font-size:30px"> 4. Los delitos de corrupción y de cuello blanco en el ordenamiento legal argentino.</h1>



<p></p>



<p>La denominación “delitos de corrupción y de cuello blanco” no es otra cosa que una forma de englobar una serie de delitos, que ya sea por las particularidades que reviste su ejecutor, o por el ámbito en que se producen, pueden ser así etiquetados en concordancia al desarrollo del concepto antes realizado.</p>



<p>La palabra corrupción en su actual sentido social y legal, es la acción humana que viola las normas legales y los principios de la ética. Hay quienes al hablar de la corrupción se refieren a los actos deshonestos en que incurren los empleados del Estado. No es apropiado usar la palabra corrupción solo en ese sentido, pues las leyes incriminan y castigan a la corrupción de menores, y en los códigos morales los predicadores condenan a la corrupción de las buenas costumbres.</p>



<p>La corrupción administrativa sería entonces el genérico de los delitos que se cometen en el ejercicio de un cargo público, muchas veces en complicidad con actores económicos y empresariales.</p>



<p>En términos simples, la corrupción es «el abuso de poder público para obtener beneficio particular». No se puede suponer que la corrupción siempre signifique la misma cosa o que tenga el mismo impacto o motivación.</p>



<p>Se designa como corrupción al fenómeno por medio del cual un funcionario público es impulsado a actuar de modo distinto a los estándares normativos para favorecer intereses particulares a cambio de una recompensa.</p>



<p>Corrupto es, por lo tanto, el comportamiento desviado de aquel que ocupa un papel en la estructura estatal. La corrupción es un modo particular de ejercer influencia: influencia ilícita, ilegal e ilegítima. Esta se encuadra en referencia al funcionamiento de un sistema y, en particular, a su modo de tomar decisiones.</p>



<p>Entre las muchas causas que motivan la corrupción, es posible mencionar: la carencia de una conciencia social, falta de educación o de una cultura del compromiso, personalidades antisociales y megalomanía, infravaloración de la posibilidad de ser descubierto, impunidad efectiva en los actos de corrupción, corporativismo &nbsp;partidista, &nbsp;modelos &nbsp;sociales &nbsp;que &nbsp;transmiten &nbsp;una &nbsp;falta &nbsp;de &nbsp;valores, excesivo poder discrecional del funcionario público, concentración de poderes y de decisión en ciertas actividades, discrecionalidad y escasez de decisiones colegiadas, control económico o legal sobre los medios de comunicación que impiden se expongan a la luz pública los casos de corrupción, falta de transparencia en la información concerniente a la utilización de los fondos públicos y de los procesos de decisión, poca eficiencia de la administración pública, extrema complejidad del sistema.</p>



<p>Los funcionarios públicos están bajo una obligación de prestar servicios a la sociedad de la mejor manera posible. En el cumplimiento de su trabajo deben ser diligentes, objetivos y razonables y, por sobre todas las cosas, mostrar que actúan de buena fe, con honradez e integridad.</p>



<p>Entonces, el poder se halla estrechamente relacionado a la delincuencia de cuello blanco, por lo que existe una apreciación diferenciada de las personas sobre el delito de cuello blanco y/o corrupción y el delito convencional. Recordemos que, para Sutherland, los delitos de cuello blanco se definen como “un crimen cometido por una persona de respetabilidad y alto estatus social en el curso de su ocupación<a href="#_ftn1" id="_ftnref1">[1]</a>”.</p>



<p>En ese norte, resulta conveniente identificar las figuras penales en el ordenamiento legal, que castigan la comisión de delitos de corrupción y de cuello blanco.</p>



<p>Dicho cuanto antecede, la fuente de la que se extrae cada una de las tipificaciones penales, es el Código Penal de la Nación Argentina. Veamos:</p>



<p>Usurpación de autoridad, títulos y honores</p>



<p>Artículo 246. –</p>



<p>Abuso de autoridad y violación de los deberes de los funcionarios públicos</p>



<p>Artículo 248. &#8211; Artículo 248 bis. &#8211; Artículo 249. &#8211; Artículo 253. –</p>



<p>Violación de sellos y documentos</p>



<p>Artículo 254. &#8211; Artículo 255. –</p>



<p>Cohecho y tráfico de influencias</p>



<p>Artículo 256. &#8211; Artículo 256 bis &#8211; Artículo 257. &#8211; Artículo 258. &#8211; Artículo 258 bis &#8211; Artículo 259. –</p>



<p>Malversación de caudales públicos</p>



<p>Artículo 260. &#8211; Artículo 261. –</p>



<p>Negociaciones incompatibles con las funciones públicas</p>



<p>Artículo 265. –</p>



<p>Exacciones ilegales</p>



<p>Artículo 266. &#8211; Artículo 267. &#8211; Artículo 268. –</p>



<p>Enriquecimiento ilícito de funcionarios y empleados públicos</p>



<p>Artículo 268 (1). &#8211; Artículo 268 (2) –</p>



<p>Delitos contra el orden económico y financiero</p>



<p>Artículo 303. -Artículo 304. &#8211; Artículo 307.- Artículo 308.-</p>



<hr class="wp-block-separator has-alpha-channel-opacity"/>



<p><a href="#_ftnref1" id="_ftn1">[1]</a> SUTHERLAND, Edwin, <em>“El delito de Cuello Blanco”</em>, Univ. Central de Venezuela, Caracas 1969.</p>



<h2 class="wp-block-heading has-text-align-center" style="font-size:30px"> </h2>



<p><strong>Segunda parte el próximo miércoles 6 de diciembre.</strong></p>



<p></p>



<p></p>



<hr class="wp-block-separator has-alpha-channel-opacity"/>



<p><em>Esta publicación es la actualización de un trabajo realizado por el autor durante el cursado de la Especialización en Criminología de la Universidad Nacional de Quilmes. Se trata de una breve reseña a los denominado delitos de corrupción y de cuello blanco. Se analiza el concepto, la actuación de los jueces y fiscales en la investigación de estos delitos, como así también la regulación penal cuando se ve afectada la administración pública.</em></p>



<p></p>



<p><em>Este artículo es asimismo una republicación. La publicacion original pertenece a la revista del Poder Judicial de la Provincia de Tierra del Fuego A eIAS, «Justicia en Conexión», Edición N° 1, noviembre 2023, dirigida por la Mg. Zarina Ross, del equipo de trabajo del Dr, Loffler</em>, cuyo link se acompaña a continuación:</p>



<p>https://heyzine.com/flip-book/ea7bda0bdc.html#page/1.</p>



<p></p>



<p></p>



<p><em>Este artículo es de propiedad de su autor Lucas Berber y goza de la correspondiente protección de derecho de autor, de acuerdo a los términos de la Ley 11.723 de Propiedad Intelectual. Todocompliance.com reserva para sí el derecho a usar, copiar y reproducir total o parcialmente el contenido del presente, no obstante, no asume responsabilidad alguna por la veracidad, corrección y/o actualización del mismo. Queda prohibida su reproducción sin autorización previa y expresa de Todocompliance.com.</em></p>
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		<title>Entrevista a William Bolivar</title>
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		<pubDate>Wed, 22 Nov 2023 12:17:01 +0000</pubDate>
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					<description><![CDATA[<p>Entrevista a William Bolivar. Especialista en AML, fundador de KYC Lookup.</p>
<p>La entrada <a href="https://todocompliance.com/entrevista-a-william-bolivar/">Entrevista a William Bolivar</a> se publicó primero en <a href="https://todocompliance.com">TODOCOMPLIANCE</a>.</p>
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<p></p>



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<div class="wp-block-column is-layout-flow wp-block-column-is-layout-flow" style="flex-basis:100%">
<div class="wp-block-media-text alignwide is-stacked-on-mobile is-vertically-aligned-top" style="grid-template-columns:47% auto"><figure class="wp-block-media-text__media"><img loading="lazy" decoding="async" width="800" height="800" src="https://todocompliance.com/wp-content/uploads/2023/11/William-Bolivar.webp" alt="" class="wp-image-1650 size-full" srcset="https://todocompliance.com/wp-content/uploads/2023/11/William-Bolivar.webp 800w, https://todocompliance.com/wp-content/uploads/2023/11/William-Bolivar-480x480.webp 480w" sizes="(min-width: 0px) and (max-width: 480px) 480px, (min-width: 481px) 800px, 100vw" /></figure><div class="wp-block-media-text__content">
<figure class="wp-block-pullquote" style="border-style:none;border-width:0px"><blockquote><p>William Bolivar<br>Especialista en Prevención de Lavado de Dinero (AML/KYC/FC).<br>Fundador de KYC Lookup.<br><br></p></blockquote></figure>
</div></div>
</div>
</div>



<p>Will nos invita a visitar los siguientes canales de KYC Lookup para seguir en contacto. En especial, recordamos los tutoriales gratuitos de Youtube.</p>



<ul class="wp-block-list">
<li>https://www.kyclookup.com/</li>



<li>https://www.youtube.com/@KYCLookup</li>



<li>https://www.linkedin.com/company/kyclookup/</li>
</ul>



<p></p>



<h2 class="wp-block-heading"><strong>¿Qué es KYC Lookup? Explicación de la empresa, inicios y desarrollo.</strong></h2>



<blockquote class="wp-block-quote is-layout-flow wp-block-quote-is-layout-flow">
<p>KYC Lookup es un proveedor líder de servicios especializados en Cumplimiento contra el Lavado de Dinero (AML, por sus siglas en inglés) y en el conocimiento del cliente (KYC) en el Reino Unido. Con nuestro alcance global y experiencia, colaboramos estrechamente con nuestros clientes para alinear estrategias de formación y procesos operativos dentro del dinámico panorama de las regulaciones de AML.</p>



<p>KYC Lookup reconoce la importancia crítica de la educación en AML como piedra angular de un cumplimiento efectivo. Es por eso que hemos desarrollado una suite de servicios educativos de vanguardia en AML, adaptados para satisfacer las necesidades únicas de las organizaciones que operan en sectores regulados.</p>



<p>KYC Lookup fue lanzado en 2017 y, desde entonces, hemos estado trabajando en desarrollar un producto de primera clase para poder ofrecer a nuestros clientes una experiencia única al aprender y desarrollar sus conocimientos en AML.</p>
</blockquote>



<h2 class="wp-block-heading">¿Qué es lo que más le gusta de su trabajo?</h2>



<blockquote class="wp-block-quote is-layout-flow wp-block-quote-is-layout-flow">
<p>Hay dos cosas principales que me gustan de mi posición en KYC Lookup, la primera y más importante es continuar luchando contra el crimen financiero. Es de vital importancia comprender el impacto que tienen el lavado de dinero y el crimen financiero en nuestra sociedad y economía, y es responsabilidad de nosotros, como profesionales en AML, seguir concientizando sobre este problema global.</p>



<p>La segunda es la oportunidad de trabajar con personas increíbles. A través de KYC Lookup, he tenido la posibilidad de colaborar con profesionales de todos los rincones del mundo. Ya sea capacitando a un analista en la India o estableciendo asociaciones en África y el Caribe, es algo que realmente disfruto hacer.</p>
</blockquote>



<h2 class="wp-block-heading">¿<strong>Cómo llegó a convertirse en un especialista de Prevención de Lavado de Dinero? Antecedentes académicos y breve recorrido profesional.</strong></h2>



<blockquote class="wp-block-quote is-layout-flow wp-block-quote-is-layout-flow">
<p>Habiendo pasado mi adolescencia en Colombia, pude ver de primera mano el impacto que el lavado de dinero y el narcotráfico tienen en la sociedad y la economía. Desde una temprana edad, siempre he sentido un interés por todo lo relacionado con el lavado de dinero y tratar de entender la lógica detrás de las causas del delito financiero.</p>



<p>Después de graduarme de la escuela secundaria, regresé a Londres -donde nací- y fui a la universidad para estudiar Administración de Empresas. Tras 3 años en la universidad, desde el 2007 he tenido la oportunidad de trabajar para algunas de las principales empresas de servicios financieros, y mi carrera ahora abarca más de 16 años en el ámbito del lavado de dinero.</p>
</blockquote>



<h2 class="wp-block-heading">¿Qué es lo más retador y lo que más le recompensa de su posición?</h2>



<blockquote class="wp-block-quote is-layout-flow wp-block-quote-is-layout-flow">
<p>Como emprendedor, no hay fines de semana ni días libres, la responsabilidad de hacer crecer y escalar un negocio a veces puede ser difícil. Sin embargo, la recompensa siempre supera los desafíos, ya que poder capacitar a un equipo o continuar concientizando sobre el impacto del lavado de dinero y el crimen financiero es gratificante.</p>
</blockquote>



<h2 class="wp-block-heading"><strong>¿Qué consejo le daría a quien desee emprender como Ud.?</strong></h2>



<blockquote class="wp-block-quote is-layout-flow wp-block-quote-is-layout-flow">
<p>Mi consejo siempre es ¡HAZLO!, ya sea que estés en la industria de prevención del lavado de dinero o no, el poder establecer tu propio negocio es la experiencia más desafiante pero gratificante. Incluso si comienzas tu empresa como un pequeño emprendimiento secundario, podrás aprender de tus errores sin la preocupación de tener que hacer que funcione desde el primer día. Es mejor intentar y fallar que nunca haber intentado en primer lugar.</p>
</blockquote>



<h2 class="wp-block-heading"><strong>Sabemos que KYC Lookup está presente en varios países. Desde su experiencia ¿cómo ve el desarrollo de áreas de Prevención de Lavado de Activos/Dinero en Latinoamérica?</strong></h2>



<blockquote class="wp-block-quote is-layout-flow wp-block-quote-is-layout-flow">
<p>Me encanta esta pregunta. El crimen financiero es un peligro en constante evolución para nuestra sociedad y economía, y eso no cambiará en el corto plazo. A lo largo de los años, hemos observado cómo las normas y regulaciones contra el lavado de dinero se han vuelto más estrictas en América Latina y se han extendido a otros sectores fuera de los servicios financieros. Esto significa que hay empresas operando sin comprender completamente las regulaciones contra el lavado de dinero con las que deben cumplir.</p>



<p>Observar América Latina desde fuera del continente es un desafío, considerando que hay algunas economías que no están siendo manejadas bien, lo que conduce a un mayor nivel de corrupción y delincuencia. KYC Lookup tiene un gran interés en la región, así que esperamos que la gente se una y diga no al aumento de la violencia y rechace algunos de los regímenes políticos que operan en algunos países.</p>
</blockquote>



<p></p>



<h2 class="wp-block-heading">¿QUÉ SOÑABAS SER CUANDO FUERAS GRANDE DE NIÑo?</h2>



<blockquote class="wp-block-quote is-layout-flow wp-block-quote-is-layout-flow">
<p>Ah, ¡los sueños de la infancia! Soñaba con algo diferente cada rato, desde ser astronauta, a ser un futbolista. Aunque la vida me llevó por un camino totalmente diferente, creo que esos sueños tempranos influyeron en mi desarrollo y en quién soy hoy..</p>
</blockquote>



<h2 class="wp-block-heading">¿Cuál fue el último libro que leyó? ¿Recomendable?</h2>



<blockquote class="wp-block-quote is-layout-flow wp-block-quote-is-layout-flow">
<p>No son los últimos libros que he leído pero sí que me gustan mucho.</p>



<p>El Club de las 5 de la mañana de Robin Sharma. Es un libro excelente para el autodesarrollo y la creación de hábitos matutinos. El libro narra la historia de un multimillonario que ayuda a un artista en apuros a maximizar las mañanas de 5 a 6 am.</p>



<p>Otro libro maravilloso que he leído muchas veces y siempre tengo cerca de mi es &#8216;El Secreto&#8217; de Rhonda Byrne. &#8216;El Secreto&#8217; se basa en aplicar la Ley de la Atracción en la vida diaria, ya sea en mi vida personal o en los negocios, siempre sigo la ley de la atracción en la vida cotidiana. La “visualización”, “el deseo” y “tomar acción” son los tres pasos necesarios para poder alcanzar tus metas en la vida, y eso es exactamente lo que Rhonda destaca en su libro.</p>
</blockquote>



<h2 class="wp-block-heading">Un lugar para ir de vacaciones y desconectar.</h2>



<blockquote class="wp-block-quote is-layout-flow wp-block-quote-is-layout-flow">
<p>Japón, de lejos el mejor país al que he tenido la oportunidad de viajar. La gente, la cultura y la tecnología están simplemente en otro nivel. Especialmente Tokio, es un vistazo de lo que podemos esperar ver en el futuro en nuestros países. Aunque no puedes desconectarte por completo, es un lugar que te hace reflexionar sobre la riqueza de la cultura japonesa.</p>
</blockquote>



<h2 class="wp-block-heading">Una virtud a destacar y un defecto que siempre le achaquen.</h2>



<blockquote class="wp-block-quote is-layout-flow wp-block-quote-is-layout-flow">
<p>La determinación y la perseverancia son dos cualidades con las que me identifico. Como dueño de un negocio, es necesario tener determinación para superar los días difíciles de una nueva empresa. Una debilidad sería desconectar. Creo que necesito trabajar en la capacidad de apagar la mente y no pensar en el trabajo o en los próximos proyectos que puedan estar en proceso.</p>
</blockquote>



<h2 class="wp-block-heading"><strong>Estamos muy pendientes del móvil. ¿Cuál es su app preferida?</strong></h2>



<blockquote class="wp-block-quote is-layout-flow wp-block-quote-is-layout-flow">
<p>Mis aplicaciones favoritas son LinkedIn y YouTube. LinkedIn ha sido una herramienta poderosa para los negocios, a veces subestimada en cuanto a la capacidad de establecer conexiones con personas de todo el mundo. YouTube es una herramienta que utilizo mucho tanto para negocios como para educarme. Siendo el segundo motor de búsqueda más grande del mundo, después de Google (que también es dueño de YouTube), poder mejorar nuestro conocimiento sobre un tema específico utilizando YouTube es notable. YouTube es la fuente principal para buscar videos de bricolaje o si estás buscando mejorar tus conocimientos en AML, <strong>KYC Lookup publica tutoriales en video de forma semanal de manera gratuita.</strong></p>
</blockquote>



<h2 class="wp-block-heading"><strong>El mundo está atravesando muchas dificultades. ¿Cuál es su deseo para el futuro?</strong></h2>



<blockquote class="wp-block-quote is-layout-flow wp-block-quote-is-layout-flow">
<p>El mundo está atravesando, de hecho, un momento difícil, pero como ciudadanos del mundo, nosotros, la gente, tenemos que desarrollar el poder de aceptar que todos somos diferentes. Existe demasiada división e intolerancia en la sociedad, ya sea en términos de religión, política o género, las diferencias de opinión están generando mucha tensión entre familias y comunidades alrededor del mundo.</p>
</blockquote>



<p></p>



<p>¡Muchas gracias Will por prestarte a esta entrevista y por tu aporte a la lucha contra el lavado de activos!</p>
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